RESOLUCIÓN 39 2026 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

APRUEBA - FORMULARIO - DECLARACIÓN JURADA - RENDICIÓN - PRIMERA CONVOCATORIA 2026 - PROGRAMA - APOYO A LAS INSTITUCIONES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - LEY NACIONAL 24901 - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Publicación:

05/06/2026

Sanción:

01/06/2026

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: Las Leyes 447 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764) y 6.851, el

Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 122/AVJG/25, 22/COPIDIS/26,

32/COPIDIS/26 y 35/COPIDIS/26, el Expediente EX-2026-25320094-GCABA-

COPIDIS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la

promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,

supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;

Que mediante la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851, se sancionó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura

de Gobierno;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al

Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que, entre las responsabilidades primarias del Organismo Fuera de Nivel Comisión

para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS),

se encuentran las de "Promover el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos

de las Personas con Discapacidad, conforme Ley Nacional N° 26.378 (...), entender,

en coordinación con las áreas competentes, en el diseño de políticas que promuevan

que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea accesible, inclusiva e integradora, como

así también la de fomentar proyectos relativos a la concientización de la comunidad

sobre los derechos, necesidades, posibilidades y participación de las personas con

discapacidad";

Que mediante Resolución 122/AVJG/25 se creó el Programa "Apoyo a las

Instituciones para personas con discapacidad - Ley nacional 24.901", que tiene por

objeto asistir de forma transitoria y excepcional, a través de un beneficio económico, a

las instituciones que brindan los servicios de Centros de Día, Centros Educativos

Terapéuticos, Hogares y Residencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el

marco de la Ley nacional 24.901, inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores de

Servicios de Atención a Personas con Discapacidad;

Que mediante el artículo 2° de la citada Resolución se facultó al Organismo Fuera de

Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS), a establecer el monto y la forma de pago del beneficio

económico, y a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, operativas y

complementarias para la implementación del mencionado Programa;

Que por Resolución 22/COPIDIS/26 se aprobaron los lineamientos y procedimientos

para la implementación del beneficio económico y se efectuó la primera convocatoria

2026 del referido Programa, a partir del día 20 de marzo de 2026 y hasta el día 10 de

abril de 2026, ambos inclusive, para que los Centros de Día, Centros Educativos

Terapéuticos, Hogares y Residencias que prestan servicios en el marco de la Ley

nacional 24.901, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se

encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención

a Personas con Discapacidad, inicien el trámite de solicitud del beneficio económico, a

través del sistema de Trámites a Distancia (TAD);

Que el Apartado IV, ítem d. del Anexo I de la Resolución 22/COPIDIS/26 regula el

procedimiento atinente a la presentación de las rendiciones de cuentas del Programa;

Que por Resoluciones 32/COPIDIS/26 y 35/COPIDIS/26 se aprobó el pago del

beneficio económico correspondiente a la primera convocatoria 2026 del Programa;

Que la Dirección General de Vida Independiente e Inclusión Económica dependiente

del Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS) propicia la aprobación del modelo de

Declaración Jurada que deberán presentar las instituciones beneficiarias de la primera

convocatoria de 2026, realizada mediante la Resolución 22/COPIDIS/26;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA TITULAR

DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMISIÓN PARA LA PLENA

PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el formulario de Declaración Jurada para la rendición de la

primera convocatoria 2026 del Programa "Apoyo a las Instituciones para Personas con

Discapacidad Ley nacional 24.901" que como Anexo I (IF-2026-25410978-GCABA-

DGVIEIE) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar

para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal de la Vicejefatura de Gobierno y a la Dirección General Planificación y

Coordinación Gubernamental de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital

de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. Torroba


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7381

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Resolución 39/COPIDIS/26 aprueba el formulario de Declaración Jurada para la rendición de la primera convocatoria 2026 del Programa “Apoyo a las Instituciones para Personas con Discapacidad – Ley nacional 24.901 creado por la Resolución 122/AVJG/26.</p>