DISPOSICIÓN 20 2026 DIRECCION GENERAL MEDIACION Y CONVIVENCIA VECINAL

Síntesis:

APRUEBA OBJETIVOS CONTENIDOS MÍNIMOS Y PLAN DE ESTUDIOS - CURSO DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIO PARA FACILITADORES EN ASAMBLEAS DE COPROPIETARIOS EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL - DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIACIÓN Y VECINAL -  FORMACIÓN - ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LOS ASPIRANTES A FACILITADORES - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN - REQUISITOS

Publicación:

10/06/2026

Sanción:

01/06/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL MEDIACION Y CONVIVENCIA VECINAL


VISTO: La Disposición N°DI-2025-30-GCABA-DGMCV, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N°DI-2025-30-GCABA-DGMCV se creó el "Programa de

Facilitadores para Asambleas de Coproprietarios en la Propiedad Horizontal" en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 5° de la citada norma establece de manera expresa que los aspirantes

a Facilitadores deberán cumplimentar y aprobar un curso de capacitación obligatorio,

cuya currícula debe contemplar una formación integral en materia jurídica de

propiedad horizontal y en herramientas técnico-prácticas de mediación y resolución de

conflictos;

Que a tales fines, esta Dirección General ha diseñado una propuesta académica

estructurada en cuatro (4) Módulos Curriculares distribuidos en cinco (5) clases, que

abordan desde el marco normativo de fondo (Código Civil y Comercial de la Nación y

Ley local N°941) hasta dinámicas prácticas de resolución de controversias,

comunicación no violenta, ética del rol y análisis casuístico mediante simulación (role

play);

Que el programa propuesto define con precisión los objetivos formales, académicos y

éticos necesarios para dotar a los futuros Facilitadores de las competencias requeridas

para promover el diálogo constructivo, la imparcialidad y la gestión pacífica de

conflictos dentro de los consorcios de la Ciudad;

Que la Dirección General de Mediación y Vecinal cuenta con las facultades necesarias

para dictar el estándar formativo y aprobar los contenidos mínimos de los trayectos

institucionales bajo su órbita.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias.

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIACIÓN Y VECINAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébense los Objetivos, Contenidos Mínimos y el Plan de Estudios

del "Curso de Capacitación Obligatorio para Facilitadores en Asambleas de

Copropietarios en la Propiedad Horizontal", el cual como Anexo I obra en el Informe

N°IF-2026-25906034-GCABA-DGMCV, el cual forma parte integrante e indivisible de

la presente Disposición.

ARTÍCULO 2°.- Establézcase que el trayecto formativo aprobado en el Artículo 1° será

exigible con carácter obligatorio para la acreditación y habilitación de todos los

aspirantes a Facilitadores, de conformidad con lo previsto en los Artículos 4° y 5° de la

Disposición N°DI-2025-30-GCABA-DGMCV.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires. Oportunamente comuníquese. Cumplido, archívese. De Stefano


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7385

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Disposición 20/DGMCV/26 establece que el trayecto formativo aprobado en el artículo 1 será exigible con carácter obligatorio para la acreditación y habilitación de todos los aspirantes a Facilitadores, de conformidad con lo previsto en los artículos 4° y 5° de la Disposición 30/DGMCV/25.</p>