RESOLUCIÓN 2 2026 SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD

Síntesis:

SUSTITUYE TEXTO DEL ARTÍCULO 4°  RESOLUCIÓN CONJUNTA  5-SSASS-25 - PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE REPARACIONES DE EQUIPOS - ESTABLECIMIENTOS DE LA RED DEL SUBSISTEMA PÚBLICO DE SALUD - SUBSECRETARÍAS - ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - ATENCIÓN HOSPITALARIA-PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - PAUTAS - SOLICITUD DE REPARACIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y/O BIOMÉDICOS - HOSPITALES

Publicación:

10/06/2026

Sanción:

03/06/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD


VISTO: Las Leyes N° 2.095 y N° 6.684 y su modificatoria (Textos consolidados según

Ley N° 6.764), el Decreto Reglamentario N° 129-GCABA/23 y sus modificatorios, el

Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, la Resolución de firma conjunta N° 5-

SSASS/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 129/23 y sus modificatorios se aprobó la reglamentación

de la citada Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095

y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en

sus Anexos II, III, IV, V y VI;

Que por Ley N° 6.684 y su modificatoria se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que a partir de la normativa mencionada anteriormente, se estableció dentro de la

estructura de este Ministerio de Salud las funciones de las Subsecretarías de

Administración del Sistema de Salud, de Atención Hospitalaria y de Planificación

Sanitaria y Gestión en Red;

Que en atención a las funciones y responsabilidades primarias de las mentadas

Subsecretarías, resultó oportuno establecer un procedimiento para la gestión de

reparaciones de equipos por parte de los establecimientos de la red del subsistema

público de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Resolución

de firma conjunta N° 5-SSASS/25;

Que en tal sentido, mediante la mencionada medida, se fijaron pautas de cumplimiento

obligatorio para los efectores de salud de la Ciudad, establecidas en el Anexo "A",

identificado como IF-2025-18654693-GCABA-SSASS;

Que en virtud de ello, se aprobaron dos (2) formularios que deberán completarse a fin

de emitir las solicitudes (según corresponda), los cuales se encuentran identificados

como Anexo "B" IF-2025-18656005-GCABA-SSASS ("Reparación de bioequipamiento

y/o adquisición de repuestos para bioequipamiento") y Anexo "C" IF-2025-18659419-

GCABA-SSASS ("Reparación de computadoras y afines").

Que, en ese marco, y con el objeto de actualizar el monto previsto en el artículo 4° de

la referida resolución y actualizar el Anexo B ("Reparación de bioequipamiento y/o

adquisición de repuestos para bioequipamiento"), corresponde el dictado del acto

administrativo pertinente a tales efectos.

Por ello, y en atención a las facultades conferidas,

LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD,

LA SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Y EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustituir el texto del artículo 4° de la Resolución de firma conjunta N° 5-

SSASS/25, por el siguiente: "El cumplimiento de las pautas establecidas en la

presente es de carácter obligatorio, para cualquier reparación que -en forma individual-

supere las trece mil quinientas (13.500) unidades de compra al momento de la

estimación al llamado y/o adjudicación. La omisión total o parcial de las mismas será

considerada una falta y no se autorizarán las gestiones presupuestarias que habiliten

su contratación".

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo B ("Reparación de bioequipamiento y/o adquisición de

repuestos para bioequipamiento"), de la Resolución de firma conjunta N° 5-SSASS/25,

por el Anexo identificado como IF-2026-25866198-GCABA-SSASS.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comunicar la presente a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto a

fin de notificar la presente a todos los establecimientos de salud dependientes de esta

cartera ministerial, así como también a todas aquellas áreas del Nivel Central con

competencia en la materia. Cumplido, archivar. Ferrante - Cordero - Rodríguez

Quintana


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7385

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 2/SSASS/26 sustituye el texto del artículo 4 de la Resolución de firma Conjunta 5/SSASS/25.</p><p>Artículo 2 sustituye el Anexo B Reparación de bioequipamiento y/o adquisición de repuestos para bioequipamiento.</p>