RESOLUCIÓN 117 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

VIGENCIA: DESDE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - MODIFICA - RESOLUCIÓN 4/SECT/25 - ADECUACIÓN DE LA IDENTIFICACIÓN EXTERNA - COLECTIVOS -  CARTELERÍA INTERNA Y EXTERNA - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MANUAL DE DISEÑO EXTERIOR PARA COLECTIVOS DE LA CIUDAD - CARTELERÍA INTERNA Y EXTERNA COLECTIVOS DF

Publicación:

10/06/2026

Sanción:

08/06/2026

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: La Ley Nacional 26.740, las Leyes 2.148, 2.930, 6.684 y 6.902, el Decreto

387/23, las Resoluciones 4/SECT/25, 39/SECT/25 y 100/SECT/25, el Expediente

Electrónico EX-2026-26928188-GCABA-DGTCP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional 26.740 ratificó la transferencia de los servicios de transporte

subterráneo y el premetro a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al Acta

Acuerdo del 3 de enero de 2012, por la que se determinó que le corresponde a la

Ciudad ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de los servicios

públicos de transporte de pasajeros, a nivel subterráneos y premetro; de transporte

automotor y de tranvía cuya prestación corresponda al territorio de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, en cumplimiento de la normativa nacional, el 3 de septiembre de 2024, el Estado

Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron un Acta Acuerdo con el

objeto de transferir a esta última las competencias sobre las líneas de colectivos cuyo

recorrido se desarrolla íntegramente dentro del territorio de la Ciudad,

correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal;

Que la transferencia implicó el traspaso de la regulación, control y fiscalización del

servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23, 25,

26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109,

115, 118, 132, 151;

Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o

subsidios; la planificación, implementación y ejecución de los servicios; el

otorgamiento o renovación de los permisos de explotación; la determinación de los

recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro

parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;

Que la citada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución 305/LCABA/24 de la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Resolución 4/SECT/25, esta Secretaría estableció el diseño de la

identificación externa e interna para todas las líneas de servicio público de transporte

automotor de pasajeros cuyos recorridos discurran exclusivamente dentro de los

límites territoriales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adecuar la

identificación externa de sus unidades y la cartelería interna y externa de las mismas;

Que la Resolución 39/SECT/25 aprobó la cartelería interna referida a las expresiones

dadas por los Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (SAAC), de

conformidad con lo dispuesto en el Anexo (IF-2025-07562544-GCABA-SECT);

Que la Resolución 100/SECT/25 incorporó modificaciones a la Resolución 4/SECT/25;

Que la Ley 6.902 establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley

nacional 27.023 la obligatoriedad de incorporar en los medios de transporte público de

pasajeros la leyenda "Las Islas Malvinas son Argentinas";

Que el artículo 2° establece la obligación de que todas las unidades del transporte

público automotor de pasajeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenten con

dicha leyenda en un lugar visible y destacado, conforme el formato y tipografía que

defina la autoridad de aplicación;

Que atento a ello, la Dirección General Transporte Colectivos de Pasajeros tomó

intervención en el marco de sus competencias;

Que la Ley 6.684 estableció los Ministerios actuales del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e

Infraestructura;

Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte

como órgano dependiente del referido Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta

Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de desarrollar estrategias integrales que

promuevan un sistema de transporte público eficiente, seguro y accesible para todos

los ciudadanos y diseñar e implementar políticas para mejorar el transporte urbano,

incluyendo la gestión de planes de movilidad sostenible;

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la Resolución 4/SECT/25 en su

artículo 1° para establecer que todas las líneas de servicio público de transporte

automotor de pasajeros cuyos recorridos discurran exclusivamente dentro de los

límites territoriales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adecuen la identificación

externa de sus unidades y la cartelería interna y externa de las mismas.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la Resolución 4/SECT/25 en su artículo 1°, el que quedará

redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Establecer que todas las líneas de

servicio público de transporte automotor de pasajeros cuyos recorridos discurran

exclusivamente dentro de los límites territoriales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires deberán adecuar la identificación externa de sus unidades y la cartelería interna

y externa de las mismas, de conformidad con las previsiones obrantes en el Anexo I

(IF-2026-26982673-GCABA-SECT) y en el Anexo II ( IF-2026-26982657-GCABA-

SECT) que forman parte integrante de la presente."

Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros, a la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Subsecretaría de Gestión y

Control de la Movilidad, a la Dirección General Control de la Movilidad, a la Gerencia

Operativa de Permisos de Transporte de Colectivos, a la Gerencia Operativa Control

de la Movilidad, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la

Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, y a las Asociaciones

Gremio- Empresarias Representativas del Transporte Automotor de Pasajeros.

Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7385

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7385

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 117/SECT/26 modifica el artículo 1° de la Resolución 4/SECT/25. </p>