RESOLUCIÓN 841 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL PROGRAMA JÓVENES QUE LIDERAN EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN CON LA FINALIDAD DE FORTALECER EL DESARROLLO DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES Y PROMOVER EL LIDERAZGO POSITIVO DE ESTUDIANTES DEL NIVEL SECUNDARIO PARA MEJORAR EL BIENESTAR ESCOLAR. PROGRAMA JÓVENES QUE LIDERAN - APROBACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - NIVEL SECUNDARIO - ESTUDIANTES - BIENESTAR SOCIOEMOCIONAL - HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES - LIDERAZGO POSITIVO - PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL - COMUNIDAD EDUCATIVA - POLÍTICA EDUCATIVA SECUNDARIA APRENDE - PLAN BUENOS AIRES APRENDE - IMPLEMENTACIÓN - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - ACCIONES ADMINISTRATIVAS - FINANCIAMIENTO PRESUPUESTARIO - PARTIDA PRESUPUESTARIA - PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL - VIGENCIA - INTERVENCIÓN DE ÁREAS COMPETENTES - COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL - MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA

Publicación:

17/06/2026

Sanción:

11/06/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26.206 y sus modificatorias, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764) y su

modificatoria 6.581, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones

1.602/MEDGC/24 y 2.339/MEDGC/24, el Expediente EX-2026-27163612-GCABA-

SSGDA; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita del

Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje;

Que por su parte dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría

Gestión del Aprendizaje se encuentra la de diseñar, promover y supervisar las políticas

a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y

aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa;

Que en el ámbito de la citada Subsecretaría se encuentra la Dirección Coordinación de

Nivel Secundario que tiene a su cargo la coordinación de políticas educativas en forma

transversal a las áreas y modalidades de nivel secundario de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que le corresponde a la Gerencia Operativa Bienestar Socioemocional investigar,

analizar y proponer innovaciones y políticas educativas referidas al bienestar

socioemocional y su impacto en los procesos de aprendizaje de los estudiantes, así

como implementar proyectos destinados a fortalecer dichas habilidades en la

comunidad educativa;

Que posteriormente por la Resolución 1.602/MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de

esta jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como

objetivo la mejora de los aprendizajes para niños, adolescentes y adultos;

Que el referido Plan, contempla como uno de sus ejes prioritarios la política de

bienestar socioemocional busca generar espacios sistemáticos y articulados para el

desarrollo y fortalecimiento de las habilidades en cuestión a través de los programas y

proyectos de fortalecimiento institucional, que prioricen el bienestar de los estudiantes

como condición fundamental y necesaria para su aprendizaje;

Que asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan, garantizar que todos los

niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes necesarios para desarrollar su

máximo potencial velando por su bienestar socioemocional y creando experiencias

significativas para su vida;

Que mediante Resolución 2.339/MEDGC/24 se aprobó la política educativa

"Secundaria Aprende" la cual busca promover formatos y prácticas que fortalezcan el

vínculo de los establecimientos educativos con las situaciones de vida de los

estudiantes, y que reconfiguren el uso del tiempo y espacio escolar, ampliando las

estrategias de enseñanza, para lograr el acceso a saberes significativos y el desarrollo

de capacidades;

Que en dicho contexto, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje propicia la

aprobación del Programa "Jóvenes que Lideran" de conformidad con los lineamientos

establecidos en el Anexo I (IF-2026-27413734-GCABA-SSGDA), orientado a fortalecer

el desarrollo de habilidades socioemocionales en los estudiantes a fin de promover

que actúen como referentes de prácticas de bienestar socioemocional orientadas a la

mejora del bienestar escolar en sus establecimientos educativos;

Que el Programa contempla actividades formativas destinadas a estudiantes del nivel

secundario que promuevan el desarrollo de habilidades socioemocionales, el liderazgo

positivo y la conciencia social que implica la participación responsable en la vida

institucional de las escuelas, en el marco de la política educativa "Secundaria

Aprende";

Que las Subsecretarías Gestión de Aprendizaje y Planeamiento e Innovación

Educativa, las Direcciones Generales Educación Gestión Estatal, Sistema de

Formación Docente, Educación de Gestión Privada y Planificación y Administración de

Recursos, la Dirección Coordinación de Nivel Secundario y la Gerencia Operativa de

Bienestar Socioemocional han tomado intervención en el marco de sus respectivas

competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Programa "Jóvenes que Lideran" de conformidad con los

lineamientos establecidos en el Anexo I (IF-2026-27413734-GCABA-SSGDA) el que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Encomendar a la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje la realización

de las acciones y el dictado de los actos que resulten necesarios para la ejecución del

Programa aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

norma, será afectado a la Jurisdicción 55 - UE 3148 - Programa 2 - Actividad 15.000.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a

las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión

Privada, Sistema de Formación Docente, Planificación y Administración de Recursos,

Dirección Coordinación de Nivel Secundario y Gerencia Operativa Bienestar

Socioemocional. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución 841/MEDGC/26 aprueba el Programa Jóvenes que Lideran en el marco de la política educativa aprobada por Resolución 2.339/MEDGC/24.</p>