DISPOSICIÓN 5 2026 DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL
Síntesis:
MODIFICA PARCIALMENTE ANEXO I DISPOSICIÓN FIRMA CONJUNTA 4/DGDSCIV/26 - CURSO IDENTIFICADO CON ID7498 - DENOMINACIÓN DE CURSO FORMATIVO - LEY 6354 PERSONAS MAYORES: ENFOQUE DE DERECHOS Y PREVENCIÓN DE LAS VIOLENCIAS - APRUEBA ALTA Y CLASIFICACIÓN DE CURSOS - INSTITUTO DE CAPACITACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - WEBMASTERS: COMUNICACIÓN DIGITAL CLARA EN EL GCABA - NORMATIVA FISCAL: MODIFICACIONES GENERALES 2026 - MANEJO DE SUSTRATOS PARA PLANTAS - CUIDADOS EN EL FIN DE LA VIDA - GESTIÓN DEL CONTRIBUYENTE: SUBSANACIÓN DE EXPEDIENTES EN AGIP - INTRODUCCIÓN A LA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - FORMULARIOS CMD Y FUSC - SIGEHOS: MÓDULO MORGUE - LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS PARA ENTIDADES FINANCIERAS - SADE: MÓDULO RCE - CARDIOLOGÍA CLÍNICA | PARTE I - CARDIOLOGÍA CLÍNICA | PARTE II - GESTIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN POST MORTEM - GESTIÓN DE MOVILIDAD INTERNA DENTRO DEL GCBA
Publicación:
18/06/2026
Sanción:
10/06/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL
VISTO: La Ley 471, los Decretos 726/07, 387/23 y 9/26, las Actas de Negociación
Colectivas 17/13, y modificatoria, 14/17 instrumentada por Resolución 2.671/MHGC/17
y 16/19, instrumentada por Resolución 2.675/MEFGC/19, la Disposición Firma
Conjunta N° 4 -DGDSCIV/26, el Expediente EX-2026- 27129317 -GCABA- ICBA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 471, aprobó el Régimen de Relaciones Laborales en la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de conformidad con el artículo 77 de la Ley 471, mediante Decreto 726/07, se
creó como Organismo Fuera de Nivel el Instituto de Capacitación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto 387/23, se establecieron las misiones y funciones del Instituto
de Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se
encuentra la de "...Proponer y ejecutar, por sí o por terceros, la capacitación necesaria
para el desarrollo del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
así como atender a los requerimientos para el desarrollo de la carrera administrativa y
los que se deriven de la gestión de la transformación cultural";
Que por el Decreto 9/26 se modificó la dependencia funcional del referido Instituto, que
pasó bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que mediante Acta de Negociación Colectiva 17/13, se creó la Carrera de la
Administración Pública;
Que por Acta de Negociación Colectiva 16/19 se creó la Carrera de Enfermería y
Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, estableciendo en su artículo 14
los requisitos necesarios para la promoción del personal dentro de la categoría y tramo
escalafonario en el que revista;
Que en ese marco, la Cláusula Transitoria Novena del Anexo I del Acta citada en el
considerando precedentemente, acordó que se mantendrán vigentes las normas
reglamentarias, complementarias y accesorias del Acta de Negociación Colectiva
17/13, hasta tanto las mismas se readecúen en los términos de la Carrera de
Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud;
Que a los fines de reglamentar lo dispuesto en el artículo 41 de la Carrera de la
Administración Pública, por medio del Acta de Negociación Colectiva 14/17, se
establecieron los lineamientos generales de la promoción de grado aplicables al
personal comprendido en dicho escalafón, como así también se aprobó el sistema de
créditos de capacitación y equivalencias;
Que el artículo 5, del Anexo I del Acta 14/17, estableció que la Dirección General
Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en conjunto con el Instituto de
Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, clasificarán los cursos
ofrecidos o certificados por el mismo, de acuerdo a las categorías definidas en dicho
artículo y elaborarán una disposición conjunta;
Que a consecuencia de ello, mediante Disposición Firma Conjunta 4 -DGDSCIV/26 se
aprobó el alta y clasificación de la actividad formativa identificada con el ID 7498,
denominada "Ley 6354: buenas prácticas en la atención a personas mayores; enfoque
de derechos y prevención de las violencias";
Que con posterioridad se advirtió la necesidad de adecuar la denominación de la
citada actividad formativa, manteniéndose inalterados su identificación, carga horaria,
créditos y demás características oportunamente aprobadas;
Que la Ley de Procedimientos Administrativos, aprobada por Decreto de Necesidad y
Urgencia 1.510/97 dispone en su artículo 124 que "... en cualquier momento podrán
rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre
que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión...";
Que en virtud de todo lo mencionado, resulta necesario dictar el presente acto
administrativo que por un lado modifique la denominación de la actividad formativa
identificada con el ID 7498, y por el otro que clasifique nuevos cursos y programas a
los efectos de la asignación de créditos y equivalencias para la promoción de grado
del personal comprendido en la Carrera de la Administración Pública y Carrera de
Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud;
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 del Decreto de Necesidad y
Urgencia 1.510/97 y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5, del Anexo I
del Acta de Negociación Colectiva 14/17,
Artículo 1°.- Modificar parcialmente el Anexo I (IF-2026-20774490-GCABA-DGDSCIV)
de la Disposición Firma Conjunta 4 -DGDSCIV/26), estableciendo que, el curso
identificado con el ID7498 se llama:"Ley 6354. Personas Mayores: Enfoque de
derechos y prevención de las violencias", manteniéndose inalterables los restantes
términos de la citada Disposición.
Artículo 2°.- Aprobar el alta y clasificación de los cursos ofrecidos o certificados por el
Instituto de Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el detalle
y los alcances mencionados en el Anexo I (IF-2026-26981264-GCABA-DGDSCIV),
que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial y para sus demás efectos, comunicar a las
Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas del Instituto de Capacitación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Gerencia Operativa Desarrollo de Carreras,
a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Russo - Flores