LEY 1931 2006
Síntesis:
NOTA: LA PRESENTE NORMA FUE DECLARADA NO VIGENTE, POR ABROGACIÓN IMPLÍCITA, AL APROBARSE LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO POR LEY N° 6.017 (BOCBA N° 5485 DEL 25/10/2018). APROBACIÓN - CONVENIO 1-2004 - FECHA 7-1-04 - MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN - PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA - POLÍTICAS PREVENTIVAS PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA - SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD METROPOLITANA - PLAN DE PREVENCIÓN DEL DELITO - FUNCIONES - DIRECCIÓN GENERAL POLICÍA COMUNITARIA - AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA - FUERZA AUXILIAR DEL PODER JUDICIAL - MINISTERIO PÚBLICO - CREACIÓN - COMITÉ TÉCNICO DE SEGURIDAD CIUDADANA - INCORPORACIÓN DE AGENTES
Publicación:
05/06/2006
Sanción:
27/04/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
29/05/2006
Estado:
No vigente
DEROGADA IMPLÍCITAMENTE POR ANEXO III DE LA LEY N° 6.017
Fundamentación
LEY N° 1.931
Artículo 1° - Apruébase el Convenio N° 1 celebrado con fecha 7 de enero de 2004, con el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la prestación de servicios de la Policía Federal Argentina, el que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Comuníquese, etc.de Estrada - Bello