RESOLUCIÓN 5 2026 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO I - RESOLUCIÓN CONJUNTA 3-AGIP-26 - APRUEBA REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA DESIGNACIÓN DE MANDATARIOS JUDICIALES DE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - MANTIENE VIGENTES LAS RESTANTES DISPOSICIONES DE LA RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA 3-AGIP-26 QUE NO HUBIERAN SIDO SUSTITUIDAS Y-O MODIFICADAS POR LA PRESENTE
Publicación:
29/06/2026
Sanción:
26/06/2026
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nros.1218, 2603 y su modificatoria 6.843, la Resolución de Firma Conjunta N°3-
AGIP/26, el Expediente Electrónico N° EX-2026-25098645-GCABA-AGIP y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 134,
establece que: "La Procuración General de la Ciudad dictamina sobre la legalidad de
los actos administrativos, ejerce la defensa de su patrimonio y su patrocinio letrado.
Representa a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus derechos o
intereses";
Que la Ley N°1.218 fija las obligaciones, deberes, atribuciones y competencias de la
Procuración General, estableciendo a través de su artículo 15 que la Procuración
General ejerce la supervisión técnico-jurídica de los mandatarios judiciales;
Que, por otro lado, la Ley N°2.603, en su artículo 1°, establece "Créase en el ámbito
del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), como ente autárquico
conforme a las disposiciones de la presente ley";
Que el artículo 16 de dicha normativa delimita a los mandatarios judiciales de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, estableciendo que "Son
mandatarios judiciales de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
(AGIP), los abogados encargados de llevar a cabo ejecuciones fiscales y gestiones
extrajudiciales de deudas tributarias en mora en virtud de la transferencia de éstas";
Que a través del artículo 16 bis de dicho plexo normativo se establece que "El cuerpo
de mandatarios judiciales está compuesto por hasta cien (100) profesionales, quienes
deben poseer una antigüedad no menor de cinco (5) años en la matrícula del Colegio
Público de la Abogacía de la Capital Federal. El procedimiento de selección para su
designación se lleva a cabo mediante estricto concurso público abierto de
antecedentes y oposición, a cargo conjuntamente de la Procuración General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos";
Que mediante Resolución Conjunta N°3-AGIP/26 emitida por la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos y la Procuración General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se aprobó el Reglamento del concurso público para la designación de
mandatarios judiciales de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que, en el marco de la organización del concurso objeto del presente y con el fin de
asegurar su adecuado desenvolvimiento, se advierte la conveniencia de introducir
adecuaciones puntuales al Reglamento del Concurso, vinculadas con aspectos
necesarios para su correcta implementación;
Que, dichas adecuaciones no alteran la estructura general ni las etapas sustanciales
del procedimiento oportunamente aprobado, sino que adecuan aspectos necesarios
para su correcto desarrollo;
Que, en consecuencia, corresponde sustituir el Anexo I (IF-2026-25894742-GCABA-
AGIP) de la Resolución Conjunta N°3-AGIP/26 por uno nuevo, que recepte las
adecuaciones necesarias para el correcto desenvolvimiento del concurso;
Que ha tomado intervención tanto la Dirección General Legal y Técnica de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos como la Dirección General
Dictámenes y Litigios Complejos de la Procuración General;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Sustituir, el Anexo I (IF-2026-25894742-GCABA-AGIP) de la Resolución
Conjunta N°3-AGIP/26 por el Anexo I (IF-2026-29839905-GCABA-AGIP).
Artículo 2°.- Mantener vigentes las restantes disposiciones de la Resolución de Firma
Conjunta N°3-AGIP/26 que no hubieran sido sustituidas y/o modificadas por la
presente.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese fehacientemente el presente acto administrativo a los mandatarios
judiciales con poder vigente a la fecha. Comunicar a la Dirección General Legal y
Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal y de Dictámenes y Litigios Complejos de la
Procuración General, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Ocampo - Krivocapich