LEY 1938 2006
Síntesis:
LEY DE AMPLIACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ESPACIO PARA LA MEMORIA - MODIFICACIONES - ART. 4 APART.II INC. A- LEY 961 - LEY DE AMPLIACIÓN - CONSEJO DIRECTIVO - INSTITUTO ESPACIO PARA LA MEMORIA - REPRESENTANTES - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES -ONGS - HIJOS - HERMANOS - DESAPARECIDOS - DERECHOS HUMANOS - ANEXO I LEY CITADA - INCORPORA - ORGANIZACIONES -HIJOS POR LA IDENTIDAD Y LA JUSTICIA CONTRA EL OLVIDO Y EL SILENCIO - HIJOS Y HERMANOS DE DESAPARECIDOS POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA
Publicación:
06/06/2006
Sanción:
27/04/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
26/05/2006
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Modifícase el artículo 4°, apartado II, inciso a) de la Ley N° 961, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Un (1) representante designado por cada una de las doce (12) Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos detalladas en el Anexo I, el cual es parte integrante de la presente ley."
Artículo 2° - Modifícase el Anexo I de la referida ley, incorporándose al listado de Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos a las organizaciones "Hijos por la Identidad y la Justicia, contra el Olvido y el Silencio - H.I.J.O.S."- y "Hermanos de Desaparecidos por la Verdad y la Justicia".
Artículo 3° - Comuníquese, etc.DE ESTRADA-BELLO