RESOLUCIÓN 272 2006 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

DELEGA EN EL SUBSECRETARIO DE CONTROL COMUNAL LA COORDINACIÓN DE LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARA EL AÑO 2006 - PODER DE POLICÍA - MITIGAR LOS RIESGOS EXISTENTES EN LA CIUDAD

Publicación:

12/06/2006

Sanción:

05/06/2006

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


Visto el Expediente N° 32.070/06 y el Decreto N° 494/06 (B.O. N° 2446), y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es competencia del Poder Ejecutivo el ejercicio del poder de policía en el ejido de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley N° 1.925 delega el ejercicio de dicho poder de policía en distintos Ministerios del Gobierno de la Ciudad, incluyendo entre los objetivos del Ministerio de Gobierno, en particular, participar en la formulación e implementar la política que guíe el ejercicio integral del poder de policía en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 494/06 citado en el visto se instruye a este Ministerio de Gobierno la elaboración y ejecución de un plan de fiscalización y control, sobre la base de criterios objetivos que ordenen el ejercicio del poder de policía local con el fin de mitigar los riesgos existentes en la ciudad;

Que asimismo se dispone en dicha norma que el Ministro de Gobierno podrá delegar la coordinación de la elaboración y ejecución de dicho plan en la Subsecretaría de Control Comunal a su cargo;

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.925,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1° - Delégase en el Subsecretario de Control Comunal la coordinación de la elaboración y ejecución del plan de fiscalización y control para el año 2006, de todas las áreas a su cargo, sobre la base de criterios objetivos que ordenen el ejercicio del poder de policía local con el fin de mitigar los riesgos existentes en la ciudad y conforme lo dispuesto en el Decreto N° 494/06.

Artículo 2° - Cumplido lo establecido en el artículo precedente el Subsecretario de Control Comunal, en un plazo de 5 días corridos, deberá elevar para la toma de conocimiento del suscripto un informe de gestión con los resultados del plan mencionado en el artículo precedente.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos a la Subsecretaría de Control Comunal. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res. 272-06 Delega en el Subsecretario de Control Comunal la coordinación de la elaboración y ejecución del plan de fiscalización y control para el año 2006