RESOLUCIÓN 66 2026 SUBSECRETARIA PERSONAS MAYORES

Síntesis:

APRUEBA LOS CONTENIDOS MÍNIMOS DE LA CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN LA TEMÁTICA DE BUEN TRATO HACIA LAS PERSONAS MAYORES  - LEY 6354 - PERSONAS MAYORES - BUEN TRATO - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA - CONTENIDOS MÍNIMOS - FORMACIÓN DE AGENTES PÚBLICOS - EMPLEO PÚBLICO - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PODER EJECUTIVO - PODER LEGISLATIVO - PODER JUDICIAL - DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES - IGUALDAD DE OPORTUNIDADES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PERSONAS MAYORES - INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ICBA

Publicación:

20/07/2026

Sanción:

17/07/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA PERSONAS MAYORES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

6.684 6.354 y los Decretos 387/23 y modificatorios y 221/2026 y, el Expediente

Electrónico N° EX-2026-32525300-GCABA-SSPMA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

garantiza a las personas mayores la igualdad de oportunidades y trato, así como el

pleno goce de sus derechos;

Que la Ley N° 6.354 tiene por objeto fomentar el buen trato hacia las personas

mayores en las dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 3° de la citada Ley establece la capacitación obligatoria en la temática

de buen trato hacia las personas mayores para quienes se desempeñen en la función

pública en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

encontrándose bajo la órbita del citado Ministerio la Subsecretaría de Personas

Mayores;

Que el mencionado Decreto establece entre las responsabilidades primarias de la

precitada Subsecretaría de Personas Mayores las de implementar y desarrollar

políticas públicas para el abordaje integral, protección de los derechos de las personas

mayores, su inclusión social y el acceso de éstas a nuevas tecnologías; así como

diseñar programas y colaborar en los procesos formativos y de capacitación

vinculados con dicha población;

Que mediante el Decreto N° 221/2026 se dispuso que la capacitación obligatoria

prevista en la Ley N° 6.354 será implementada por el Instituto de Capacitación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ICBA), en coordinación con la Autoridad de

Aplicación;

Que el artículo 2° del citado Decreto establece que la Autoridad de Aplicación tiene a

su cargo la elaboración de los contenidos mínimos de la capacitación obligatoria

prevista en la Ley N° 6.354;

Que, asimismo, el artículo 3° del mencionado Decreto faculta a la Subsecretaría de

Personas Mayores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en su

carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.354, a dictar las normas

aclaratorias, complementarias y operativas que resulten necesarias para su

implementación;

Que la Subsecretaría de Personas Mayores elaboró los contenidos mínimos de la

capacitación obligatoria en la temática de buen trato hacia las personas mayores;

Que los contenidos mínimos constituyen los lineamientos básicos que deberán integrar

las distintas propuestas formativas implementadas en el marco de la Ley N° 6.354,

cualquiera sea la modalidad de cursada adoptada;

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 221/26,

LA SUBSECRETARIA DE PERSONAS MAYORES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los Contenidos Mínimos de la Capacitación Obligatoria en la

temática de Buen Trato hacia las Personas Mayores prevista en el artículo 3° de la Ley

N° 6.354, que como Anexo I(IF-2026-32741363-GCABA-SSPMA) forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar al Instituto de Capacitación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(ICBA). Cumplido, archivar. Joury


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7411

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 66/SSPMA/26 aprueba los Contenidos Mínimos de la Capacitación Obligatoria en la temática de Buen Trato hacia las Personas Mayores implementada por el Decreto 221/26.</p>