LEY 1943 2006

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE LEYES - MODIFICA LEY   137 - CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE  CENTROS DE ESTUDIANTES - REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL - GESTIÓN  ESTATAL -  ESTABLECIMIENTOS DE ENSEÑANZA DE NIVEL SECUNDARIO - TERCIARIO  -  EDUCACIÓN NO FORMAL - EXHIBICIÓN DE LA NORMATIVA - ESCUELAS - COLEGIOS - LICEOS 

Publicación:

16/06/2006

Sanción:

27/04/2006

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

31/05/2006

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Sustitúyase el texto del artículo 1° de la Ley N° 137 por el siguiente texto:
"Art. 1° - Autorízase la constitución y funcionamiento de organismos de representación estudiantil, bajo la forma de un único Centro de Estudiantes, en cada uno de los establecimientos de enseñanza de nivel secundario y/o terciario, y en aquellos donde se impartan cursos de Educación no Formal, de más de un año de duración, dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Artículo 2° - Sustitúyase el texto del artículo 7° de la Ley N° 137 por el siguiente texto:
"Art. 7° - La presente ley, al igual que las normas que se dispongan en el futuro a efectos de reglamentarla, serán exhibidas adecuada y permanentemente en todos los establecimientos a nivel medio y/o terciario, como también en los que se imparta Educación no Formal".

Artículo 3° - Comuníquese, etc. de Estrada Bello.


Buenos Aires, 13 de junio de 2006.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.943 (Expediente N° 27.661/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 27 de abril de 2006, ha quedado automáticamente promulgada el día 31 de mayo de 2006.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Beros

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 1943, sustituye el texto del artículo 1 de la Ley 137.</p><p>Art. 2, sustituye el texto del artículo 7.</p>