RESOLUCIÓN 795 2006 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

FONDO METROPOLITANO DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - APRUEBA LÍNEA DE SUBSIDIOS - ARTE JOVEN

Publicación:

22/06/2006

Sanción:

12/06/2006

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Visto el Expediente N° 26.964/06, la Ley N° 1.925, los Decretos Nros. 1.020/04, 115/05, 350/06 y las Resoluciones Nros. 117-SC/06, 677-SC/06, y 287-MCGC/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, los decretos mencionados delegaron en la entonces, Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;

Que, la Ley N° 1.925, de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (B.O.C.B.A. N° 2407 de 28/3/06), establece que el despacho de los negocios del Gobierno de la Ciudad está a cargo de once Ministerios, cuyos titulares integran en conjunto el Gabinete del Poder Ejecutivo;

Que, en ese orden de ideas, la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo la titular de este último la funcionaria facultada para otorgar los subsidios en el marco de los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05;

Que mediante Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416 del 10/4/06), se ha aprobado la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires resultando suplido, dentro del Ministerio de Cultura, el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires por el actual Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias;

Que por Resolución N° 117-SC/05 y sus modificatorias Nros. 677-SC/06 y 287-MCGC/06 se procedió a reglamentar los Decretos Nros. 1.020/04 y 115/05 y se dispuso la necesidad de avanzar en el dictado de normas complementarias;

Que por Resolución N° 287-MCGC/06 se dispuso que el área sustantiva que dictaminará en la órbita de la línea especial de subsidios denominada Arte Joven será la Dirección General del Centro Cultural Recoleta, dependiente del Ministerio de Cultura y/o la Dirección General que oportunamente se designe, para el caso de otras expresiones artísticas juveniles;

Que, el Ministerio de Cultura entiende que la Ciudad de Buenos Aires tiene una fuerte actividad cultural, artística y científica, desarrollada por diferentes personas, que expresan la diversidad cultural, característica distintiva y natural de la ciudad;

Que, es conveniente aprobar una línea de subsidio especial y variable en forma anual, a través de la cual se promocionen determinadas actividades o disciplinas culturales;

Que, en la Ciudad de Buenos Aires resulta conveniente propender a la promoción del arte joven, a través de las artes plásticas y de la realización de cortos cinematográficos;

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en el marco del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias, una línea especial de subsidios denominada Arte Joven, destinada a promover a artistas de 18 a 30 años en los rubros artes plásticas y cinematografía (cortometrajes).

Artículo 2° - La línea especial de subsidios está destinada a:

a) Artistas plásticos, de 18 a 30 años cumplidos con anterioridad al cierre de la presentación de los proyectos, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, que cumplan además, con los requisitos personales establecidos en la Resolución N° 117-SC/06 y en la presente. El monto de los subsidios en ningún caso podrá superar la suma de pesos doce mil ($ 12.000) y estará destinado a presentar un proyecto de obra integral o conjunto de obras que conformen una muestra integral, cuya realización será exhibida en el Centro Cultural Recoleta.

b) Realizadores cinematográficos, menores de treinta 30 años cumplidos con anterioridad al cierre de la presentación de los proyectos, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, que cumplan además, con los requisitos personales establecidos en la Resolución N° 117-SC/06 y en la presente. El monto de los subsidios en ningún caso podrá superar la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) y estará destinado a solventar costos relativos a la realización de un cortometraje (opera prima o segunda obra) terminado en material fílmico en 35 mm, que será posteriormente exhibido en la edición 2007 del Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente (BAFICI).

Capítulo I. Línea Arte Joven. Disciplina: artes plásticas

Artículo 3° - Los proyectos referidos a esta línea de subsidios deberán ser presentados durante el período comprendido entre el 1° de julio y el 15 de septiembre de 2006, en Av. de Mayo 575 - 1° subsuelo y deben incluir las siguientes consideraciones:

a) Los proyectos que se presenten deben incluirse dentro de las siguientes disciplinas: dibujo, pintura, grabado, fotografía, ilustración, escultura, objetos, instalación, video arte, arte digital, animación.

b) La documentación deberá presentarse en dos carpetas iguales (original y copia), en hojas tamaño A4 impresas de un solo lado, escritas a doble espacio. Todas las hojas de ambas carpetas estarán firmadas por el solicitante.

c) Fuera de cada carpeta deberá acompañarse, formulario de presentación de subsidio, documento de identidad y fotocopia del mismo en el que se acredite nombre del presentante y domicilio.

d) Los proyectos deben incluir la siguiente documentación:

1. Nota a la señora Ministra de Cultura solicitando el subsidio.

2. Currículum vitae que incluya estudios formales o informales y datos de localización del artista.

3. Breve descripción del proyecto especificando concepto global, cantidad y detalle de las obras e intención para participar de la convocatoria (extensión máxima una carilla A4).

4. Presupuesto global de la realización del proyecto.

5. Entre 8 y 15 fotografías de obras realizadas con anterioridad.

6. Si lo considera conveniente, para una mejor evaluación del proyecto, el solicitante podrá agregar a la presentación un (1) video en formato VHS y/o un (1) CD. Estas piezas adicionales optativas no deben presentarse en 2 copias, agregándose sólo a la carpeta original.

e) La cantidad de metros cuadrados requeridos para su montaje deber ser de 85 m2 aproximadamente a los efectos de que la muestra sea realizada en una de las salas del Centro Cultural Recoleta; dicha sala será definida en función de las características del proyecto.

Los beneficiarios del subsidio se comprometen a exponer en forma individual o grupal, en los espacios, días y horario que la Dirección General del Centro Cultural Recoleta les asigne, y previa notificación fehaciente al beneficiario, con antelación de treinta (30) días como mínimo a la fecha de la exposición.

A efectos de la muestra, el beneficiario asumirá con el subsidio los costos de traslado de obra, instalación, montaje, realización de una invitación a la muestra y de un catálogo.

Artículo 4° - La Dirección General del Centro Cultural Recoleta actuará como área sustantiva de esta línea de subsidios.

Artículo 5° - Previamente al dictamen del área sustantiva, las propuestas de subsidios elevadas al Ministerio de Cultura deberán contar con la evaluación del Comité de Selección. Desígnanse como integrantes a los Sres. Jorge Gumier Maier, DNI 10.859.986; Luis Lindner, DNI 17.801.642 y Rafael Cipollini, DNI 18.253.910 y a las Sras. María Guadalupe Fernández Santamaría, DNI 23.030.071 y Clelia Taricco, DNI 20.043.559, Curadora de Artes Visuales del Centro Cultural Recoleta.

Capítulo II. Línea Arte Joven. Disciplina: cinematrografía (cortometrajes).

Artículo 6° - Los proyectos contemplados en esta línea de subsidios deben ser presentados durante el período comprendido entre el 1° de julio y el 15 de noviembre de 2006, en Av. de Mayo 575 - 1° subsuelo y deben incluir los siguientes documentos:

a) Presentar una carpeta que incluya una síntesis argumental del proyecto y adjuntar copia en VHS o DVD del cortometraje, el que deberá estar originalmente rodado en alguno de los siguientes formatos: DVCAM, betacam SP, betacam digital, 16 mm, super 16 mm ó 35 mm.

b) Ficha técnica de la película.

c) Currículum vitae del realizador del corto, incluyendo datos de localización: dirección, teléfono, e-mail, etc.

d) Currículum vitae del productor del corto, incluyendo datos de localización: dirección, teléfono, e-mail, etc.

e) Deberá adjuntarse la inscripción en la Dirección del Derecho de Autor.

f) Realizar un presupuesto, plan económico y financiero, así como la descripción de los procesos de producción faltantes.

Los beneficiarios del subsidio quedan comprometidos a exhibir su obra en la edición 2007 del Buenos Aires Festival Internacional de Cine Independiente (BAFICI) y deberán hacerlo en soporte 35 mm; autorizarán además a título gratuito su emisión en dos oportunidades en la señal de cable del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 7° - La Dirección General del Centro Cultural Recoleta actuará como área sustantiva de ésta línea de subsidios.

Artículo 8° - Previamente al dictamen del área sustantiva, los proyectos contarán con la evaluación del Comité de Selección. Desígnanse como integrantes a la Sra. María Virginia Petrozzino, DNI 20.005.257 y a los Sres. Fernando Martín Peña, DNI 20.521.275 y Jorge Doliszniak, DNI 12.668.138, responsable del Departamento de Artes Escénicas del Centro Cultural Recoleta.

Artículo 9° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General del Centro Cultural Recoleta. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res 795-MCGC-06-Aprueba nueva línea de subsidios-Arte Joven
MODIFICADA POR
Res. 1731-MC-06 prolonga el período para la presentación de proyectos, estipulado en el Capítulo I Art. 3 de la Res. 795-MC-06