RESOLUCIÓN 9561 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA EL CURSO DE DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE LAS ARTES VISUALES COMO PUENTE: ESTRATEGIAS DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA PARA LA INCLUSIÓN EN AULAS HETEROGÉNEAS DE ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA EN ARTES VISUALES MANUEL BELGRANO - FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA - DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE - CURSO DE DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE - EDUCACIÓN ARTÍSTICA - ARTES VISUALES - INCLUSIÓN EDUCATIVA - AULAS HETEROGÉNEAS - ESCUELA SUPERIOR DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA EN ARTES VISUALES MANUEL BELGRANO - APROBACIÓN DE CURSO - PROYECTO PEDAGÓGICO - EVALUACIÓN DE PROPUESTAS FORMATIVAS - UNIDAD EVALUADORA DE PLANES DE ESTUDIO CURSOS Y POSTÍTULOS DOCENTES - SISTEMA DE FORMACIÓN DOCENTE - CAPACITACIÓN DOCENTE - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - IMPLEMENTACIÓN SUJETA A AUTORIZACIÓN - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA - APROBACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE - COREAP
Publicación:
30/07/2026
Sanción:
27/07/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO: la Ley nacional 26.206 y sus modificatorias, las Leyes 6.053, 6.684 (textos
consolidados por la Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 1.602/MEDGC/24, 891/MEDGC/25, 10.777/SSPIE/25
y su modificatoria, 1.692/MEDGC/25, y 162/MEDGC/26 y su modificatoria
368/MEDGC/26, el Expediente EX-2026-20064216-GCABA-SSPIE, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispone el artículo 74 de la Ley nacional 26.206, les corresponde al
Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos
para la organización y administración del sistema de formación docente, así como los
parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;
Que Ley 6.053 de la Formación Docente del Sistema Educativo establece entre los
objetivos y fines de las políticas educativas para la formación docente promover una
sólida formación inicial y continua; planificar, evaluar y monitorear los planes,
programas y proyectos para la formación docente inicial y continua, y el desarrollo
profesional en los Institutos de Formación Docente; y desarrollar las capacidades,
competencias y los conocimientos necesarios para el trabajo docente en los diferentes
niveles y modalidades del sistema educativo, entre otros;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por
los Ministros, entre los cuales se contempla al Ministerio de Educación;
Que de acuerdo con la mencionada Ley, el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social y promover la formación y jerarquización profesional del
personal docente;
Que mediante el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Resolución 162/MEDGC/26, la Ministra delegó en el titular de esta
Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa la facultad de aprobar los Cursos
de Desarrollo Profesional Docente y Postítulos docentes;
Que por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el cual contempla entre sus principales
políticas la planificación de la formación y carrera docente;
Que por la Resolución 891/MEDGC/25, se creó la "Unidad Evaluadora De Planes De
Estudio, Cursos De Desarrollo Profesional Docente y Postítulos Docentes,
presenciales y a Distancia";
Que por la Resolución 10.777/SSPIE/25 se aprobó el procedimiento para el ingreso,
evaluación y egreso de proyectos que sean sometidos ante la "Unidad Evaluadora De
Planes De Estudio, Cursos De Desarrollo Profesional Docente Y Postítulos, Docentes
Presenciales Y A Distancia";
Que mediante la Resolución 1.692/MEDGC/25 se aprobaron los "Lineamientos De
Formación Docente Continua Para Establecimientos De Gestión Estatal dependientes
del Ministerio de Educación" y los "Lineamientos De Formación Docente Continua
Para Establecimientos De Gestión Privada, Establecimientos De Educación Superior
De Gestión Estatal Del Ministerio De Cultura y Organismos Externos al Ministerio De
Educación";
Que la Escuela Superior de Educación Artística en Artes Visuales Manuel Belgrano,
presentó para su aprobación el Curso de Desarrollo Profesional Docente: "Las artes
visuales como puente: estrategias de Educación Artística para la inclusión en aulas
heterogéneas";
Que el referido Curso de Desarrollo Profesional Docente fue evaluado dentro del
ámbito de la "Unidad Evaluadora de Planes de Estudio, Cursos de Desarrollo
Profesional Docente y Postítulos Docentes, presenciales y a distancia", con dictamen
favorable;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el proyecto pedagógico del Curso de
Desarrollo Profesional Docente "Las artes visuales como puente: estrategias de
Educación Artística para la inclusión en aulas heterogéneas", presentado por la
Escuela Superior de Educación Artística en Artes Visuales Manuel Belgrano, de
conformidad con el detalle obrante en el Anexo (IF-2026-28359682-GCABA-
ESC203031);
Que en virtud de lo establecido en el Anexo I de la Resolución 1.692/MEDGC/25, la
aprobación no implicará autorización para su implementación, ya que "la
implementación de las propuestas quedará supeditada a la disponibilidad
presupuestaria del ejercicio presupuestario correspondiente y a la cantidad de
inscriptos, y requerirá aprobación expresa mediante acto administrativo de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje";
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias la Subsecretaría
Gestión del Aprendizaje, y la Dirección General Sistema de Formación Docente;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas,
Artículo 1°.- Aprobar el Curso de Desarrollo Profesional Docente "Las artes visuales
como puente: estrategias de Educación Artística para la inclusión en aulas
heterogéneas", presentado por la Escuela Superior de Educación Artística en Artes
Visuales Manuel Belgrano, detallado en el Anexo ( IF-2026-28359682-GCABA-
ESC203031 ) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Establecer que, de conformidad con lo establecido en la Resolución
1.692/MEDGC/25, el Curso de Desarrollo Profesional Docente aprobado por el artículo
1° no implica autorización para su implementación.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, a la Dirección General Sistema de
Formación Docente, y a la Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes
Profesionales (COREAP), para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar.
Ghillione