RESOLUCIÓN 16 2026 SUBSECRETARIA DE AMBIENTE

Síntesis:

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N.° 6.856 DE PLAN DE EQUILIBRIO POBLACIONAL ÉTICO Y APOYO A ORGANIZACIONES RESCATISTAS Y LA DECLARACIÓN JURADA CORRESPONDIENTE, A FIN DE INSTRUMENTAR SU APLICACIÓN EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. REGLAMENTACIÓN - LEY 6856 - PLAN DE EQUILIBRIO POBLACIONAL ÉTICO - PERROS - GATOS - BIENESTAR ANIMAL - FAUNA URBANA - CONTROL REPRODUCTIVO - CASTRACIÓN GRATUITA - CASTRACIÓN MASIVA - CASTRACIÓN SISTEMÁTICA - TENENCIA RESPONSABLE - PÉRDIDA DE ANIMALES - HALLAZGO DE ANIMALES - ORGANIZACIONES RESCATISTAS - APOYO A ORGANIZACIONES RESCATISTAS - CONVENIOS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE - PROTECCIÓN ANIMAL - SALUD ANIMAL - DECLARACIÓN JURADA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PUBLICACIÓN OFICIAL - VIGENCIA ADMINISTRATIVA

Publicación:

31/07/2026

Sanción:

28/07/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA DE AMBIENTE


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 6.856, el

Decreto 184/26, el Expediente EX-2026-31882685-GCABA-SSAMB, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 27

establece que la Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento

y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social

y cultural, que contemple su inserción en el Área Metropolitana instrumentando un

proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que

promueve, entre otros aspectos, la protección de la fauna urbana y el respeto por su

vida, mediante el control de su salubridad, la prevención de la crueldad y el control de

su reproducción con métodos éticos;

Que la Ley 6.856 tiene por objeto alcanzar el equilibrio poblacional ético de perros y

gatos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la implementación de un plan

masivo, gratuito y sistemático de castraciones, la creación de un procedimiento de

actuación frente a la pérdida y hallazgo de perros y gatos, y la celebración de

convenios con organizaciones rescatistas que intervengan en dichos procesos;

Que por Decreto 184/26, se designó como autoridad de aplicación de la Ley 6.856 a la

Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno;

Que, en dicho marco, corresponde dictar el presente acto administrativo a los efectos

de cumplir con las metas y objetivos plasmados en la referida Ley;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE AMBIENTE

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Articulo. 1°.- Aprobar la reglamentación de la Ley 6.856 de Plan de Equilibrio

Poblacional Ético y Apoyo a Organizaciones Rescatistas que como Anexo (IF-2026-

34247120-GCABA-SSAMB) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar la Declaración jurada que como Anexo (IF-2026-31924306-

GCABA-SSAMB) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese. Cumplido, archivar. Persini


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7420- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7420- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 16/SSAMB/26, reglamenta la Ley 6.856.</p>