DECRETO 272 2026
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - DIRECCIÓN GENERAL - GERENCIA OPERATIVA - SUBGERENCIA OPERATIVA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SOPORTE DE AUDITORÍA - ÓRGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - LEY 104 - OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA - COORDINACIÓN LEGAL - ASUNTOS JURÍDICOS - ANÁLISIS TÉCNICO-LEGAL - BOLETÍN OFICIAL - ESCRIBANÍA GENERAL - JURÍDICO REGISTRAL - NOTARIAL - TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - RECURSOS HUMANOS - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - CONTABLE Y PATRIMONIO - PRESUPUESTO - COMPRAS - MESA DE ENTRADAS - DGTEA - SISTEMAS Y PROCESOS TECNOLÓGICOS - MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ATENCIÓN CIUDADANA - OFICIOS Y NOTIFICACIONES - SISTEMAS DOCUMENTALES Y ARCHIVO GENERAL - IMPRENTA - PRODUCCIÓN - COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE RECURSOS - SUBSECRETARÍA ASUNTOS JURÍDICOS - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN Y CONSOLIDACIÓN NORMATIVA - ORDENAMIENTO NORMATIVO - ASUNTOS LEGISLATIVOS - COORDINACIÓN NORMATIVA - ACCESO A LA INFORMACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO - EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROCESOS - ASUNTOS LEGALES Y COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - GOBIERNO ABIERTO Y TRANSPARENCIA
Publicación:
03/08/2026
Sanción:
30/07/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 387/23, 259/26 y 260/26, el Expediente EX-2026-
34368400-GCABA-AJG, y
CONSIDERANDO:
Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por
objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia
de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el desarrollo de un plan
operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción
de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como en la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla, entre las Secretarías del Poder
Ejecutivo, a la Secretaría Legal y Técnica;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por el Decreto 259/26 se suprimieron, a partir del 1.° de agosto de 2026, las
Gerencias Operativas y Subgerencias Operativas detalladas en su Anexo I;
Que por el Decreto 260/26 se aprobaron las disposiciones generales aplicables al
Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, en este sentido, resulta conveniente efectuar modificaciones a la estructura
organizativa de la Secretaría Legal y Técnica, a los fines de viabilizar un mejor
desarrollo técnico operativo;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1.° de agosto de 2026, la estructura organizativa de
la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
de acuerdo a los Anexos I Organigrama (IF-2026-34439329-GCABA-SECLYT) y II
Responsabilidades Primarias, Objetivos y Descripción de Acciones (IF-2026-
34439442-GCABA-SECLYT), los que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto, quedando parcialmente modificado el Decreto 387/23.
Artículo 2°.- Modificar la dependencia de la Dirección General Coordinación Legal de
la Subsecretaría Asuntos Jurídicos, la que pasará a depender de la Secretaría Legal y
Técnica.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministerio de Hacienda y
Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes, y
Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Secretaría Legal y Técnica. Para su conocimiento y demás efectos,
remitir a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y
Técnica. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny