DISPOSICIÓN 35 2026 DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - CDNNYA
Síntesis:
APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, ENTREGA Y RENDICIÓN DEL FONDO PARA GASTOS DE MOVILIDAD DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, CON EL FIN DE REGULAR SU UTILIZACIÓN, CONTROL Y RENDICIÓN Y ASEGURAR LA ADECUADA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS. APROBACIÓN DE PROCEDIMIENTO - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - FONDO PARA GASTOS DE MOVILIDAD - GASTOS DE MOVILIDAD - ADMINISTRACIÓN DE FONDOS - ENTREGA DE FONDOS - RENDICIÓN DE CUENTAS - CONTROL DE FONDOS PÚBLICOS - TRAZABILIDAD DE OPERACIONES - GESTIÓN FINANCIERA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN OPERATIVA DE GESTIÓN FINANCIERA - PERSONAL DEL ORGANISMO - PRESTADORES DE SERVICIOS - RECURSOS PÚBLICOS - CUENTAS CORRIENTES - FONDOS ASIGNADOS - CONTROL ADMINISTRATIVO - NORMAS COMPLEMENTARIAS - AUTARQUÍA FINANCIERA - PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - RÉGIMEN DE ASIGNACIÓN DE FONDOS - PUBLICACIÓN OFICIAL - IMPLEMENTACIÓN OPERATIVA - RENDICIÓN DOCUMENTADA - RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Publicación:
03/08/2026
Sanción:
29/07/2026
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - CDNNYA
VISTO: Las Leyes 114 y 70, el Decreto 491/18, las Resoluciones 97/MEFGC/19,
5.741/MHFGC/21 y 1.184/CDNNYA/26, el Expediente EX-2026-19956165-GCABA-
DGLTACDN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le
incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y
protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía
técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que la Ley 70 establece los principios de legalidad, razonabilidad y eficiencia en la
ejecución del gasto público, los cuales deben ser interpretados de manera compatible
con la finalidad de las políticas públicas involucradas;
Que por el Decreto 491/18 se aprobó el régimen para la Asignación de Fondos de
aplicación en las jurisdicciones, organismos descentralizados, dependencias y
reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobándose su
reglamentación por la Resolución 97/MEFGC/19, modificada por la 5.741/MHFGC/21;
Que por el artículo 1° de la Resolución 1.184/CDNNYA/26 se creó el Fondo para
Gastos de Movilidad de este Consejo, aplicable a todas las personas que prestan
servicios en el organismo, cualquiera sea su modalidad de contratación, en el marco
del cumplimiento de sus funciones, cuyos importes serán depositados en cuentas
corrientes abiertas a tal efecto para cada unidad de organización, en tanto que, por el
artículo 5° se aprobaron las Planillas "Gastos de Movilidad" y "Rendición Gastos de
Movilidad" como Anexo I (IF-2026-28263358-GCABA-DGLTACDN) y Anexo II (IF-
2026-28265566-GCABA-DGLTACDN) del mencionado acto administrativo;
Que por el artículo 8 de la Resolución 1.184/CDNNYA/26 se facultó a esta Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa a dictar las normas complementarias
necesarias para la implementación del precitado Fondo para Gastos de Movilidad de
este organismo;
Que resulta necesario establecer un procedimiento uniforme para la administración,
utilización, control y rendición del Fondo para Gastos de Movilidad de este Consejo, a
fin de asegurar la adecuada aplicación de los recursos públicos, la trazabilidad de las
operaciones y el efectivo control de las rendiciones;
Que el titular de la Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de esta
Dirección General elevó a consideración de esta Dirección General el "Procedimiento
para la Administración, entrega y rendición del Fondo para Gastos de Movilidad del
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes";
Que el mencionado Procedimiento complementa las previsiones contenidas en el
Anexo VI de la Resolución 97/MEFGC/19, modificada por la Resolución
5.741/MHFGC/21, adecuándolas a la operatoria específica del Fondo para Gastos de
Movilidad de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sin alterar
el régimen general vigente;
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se apruebe el "Procedimiento para la Administración, entrega
y rendición del Fondo para Gastos de Movilidad del Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes";
Que la Dirección Operativa Jurídica tomó intervención en el ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que conferidas por las Leyes 114 y 70 y las
Resoluciones 1.184/CDNNYA/26 y 300/CDNNYA/25,
Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento para la Administración, entrega y rendición del
Fondo para Gastos de Movilidad del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes" que como Anexo (IF-2026-34382278-GCABA-DGLTACDN) forma parte
integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar a la Vicepresidencia, a la
Dirección Operativa de Coordinación Ejecutiva dependiente de Presidencia, a las
Direcciones Generales Legal, Técnica y Administrativa; de Políticas, Programas y
Atención en la Urgencia; de Responsabilidad Penal Juvenil, de Programas
Descentralizados; y de Servicios de Atención Permanente de este Consejo. Pase a la
Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal,
Técnica y Administrativa del organismo, para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archívese. Bereciartua