RESOLUCIÓN 183 2026 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Síntesis:

APRUEBA EL PROGRAMA MANOS A LA TIERRA FIJANDO SUS ALCANCES Y MARCO GENERAL DE APLICACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A FIN DE PROMOVER LA GESTIÓN E INTEGRACIÓN AMBIENTAL SUBSECRETARIA DE ATENCION HOSPITALARIA - PROGRAMA MANOS A LA TIERRA - APROBACION DE PROGRAMAS - DIRECCION GENERAL DE SANIDAD AMBIENTAL - SALUD MENTAL-USUARIOS DEL SISTEMA DE SALUD MENTAL-PROCESO DE EXTERNACIÓN-INCLUSIÓN LABORAL-REINSERCIÓN SOCIAL-AGRICULTURA TERAPÉUTICA-TERAPIA OCUPACIONAL-CAPACITACIÓN LABORAL-INTEGRACIÓN COMUNITARIA-PRODUCCIÓN AGROECOLÓGICA-COMPOSTAJE-SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL-ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL-EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO - PACIENTES - PSIQUIATRÍA

Publicación:

10/08/2026

Sanción:

05/08/2026

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA


VISTO: la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; las leyes 447, 448 y 153, el

decreto 105/26 y modificatorios, el Expediente EX-2026-35136286-GCABA-MSGC y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantiza el derecho a la

salud integral, la que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades

de trabajo, educación, cultura y ambiente.

Que la Ley Nacional de Salud Mental promueve la integración familiar, laboral y

comunitaria e insta a las autoridades de salud de cada jurisdicción a implementar

acciones de inclusión social, laboral y de atención en salud mental comunitaria.

Que la Ley 447 establece que las políticas en materia de participación e integración de

las personas con discapacidad se integrarán en la legislación general para asegurar la

igualdad de posibilidades y oportunidades en los campos del trabajo, la salud, la

educación, el hábitat, entre otros.

Que la Ley 448 establece que la garantía del derecho a la salud mental se sustenta,

entre otros, en el reconocimiento de la salud mental como un proceso determinado

histórica y culturalmente en la sociedad, cuya preservación y mejoramiento implica una

dinámica de construcción social, y está vinculada a la concreción de los derechos al

trabajo, al bienestar, a la vivienda, a la seguridad social, a la educación, a la cultura, a

la capacitación y a un medio ambiente saludable.

Que la Subsecretaría de Atención Hospitalaria tiene entre sus responsabilidades

gestionar los recursos y los medios necesarios para la concreción de las políticas

sustantivas establecidas por la Ley Básica de Salud de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en coordinación con el resto de áreas con competencia.

Que, en tal contexto, la Dirección General de Salud Mental a través del Informe de

Gestión IF-2026-35254165-GCABA-DGSAM propicia la aprobación del programa

"Manos a la Tierra", con dependencia de esta Subsecretaría de Atención Hospitalaria.

Que el Programa "Manos a la Tierra" tiene por objeto promover la resocialización, la

habilitación integral y la inserción laboral efectiva de pacientes psiquiátricos, mediante

la implementación de un sistema productivo agrícola y agroecológico sostenible

centrado en la plantación de diversas especies arbóreas, tales como Occone,

Desirable, Samner, Kernolde, entre otras.

Que resulta pertinente en esta instancia establecer los lineamientos, objetivos y

metodologías de trabajo correspondientes al referido programa, los que se establecen

en el informe IF-2026-35301290-GCABA-DGSAM.

Que el Programa no implica erogación presupuestaria para esta jurisdicción, en tanto

se sostiene mediante recursos humanos existentes y articulaciones

interinstitucionales.

Por ello,

LA SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el Programa "Manos a la Tierra" de conformidad con los

alcances establecidos en el Anexo I (IF-2026-35301290-GCABA-DGSAM) que a todos

sus efectos forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para

su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Legal y Técnica y a la

Dirección General de Salud Mental. Cordero


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7426

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 183/SSAH/26 aprueba el Programa Manos a la Tierra, en el marco de la Ley 447.</p>
COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 183/SSAH/26 aprueba el Programa Manos a la Tierra en el marco de la Ley 448.</p>