RESOLUCIÓN 55 2026 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
ACTUALIZA EL MONTO DEL SUBSIDIO MENSUAL AL PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDA A FIN DE SOSTENER EL ACOMPAÑAMIENTO ECONÓMICO DESTINADO A LOS BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - SUBSIDIO MENSUAL - PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ACTUALIZACIÓN DE MONTOS - ASISTENCIA ECONÓMICA - DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Publicación:
12/08/2026
Sanción:
07/08/2026
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
VISTO: Las Leyes 447, 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764) y su modificatoria
6.851, 6.778, los Decretos 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones
1447/MHYDHGC/16, 52/COPIDIS/16, 120/AVJG/24 y 3/COPIDIS/26, el Expediente
EX-2026-35399588-GCABA-DGVIEIE, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la
promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,
supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;
Que mediante la Ley 6.684 y su modificatoria 6.851, se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura
de Gobierno;
Que la Ley 6.778, reguló la actividad de los Asistentes Personales para la Vida
Independiente (APVI);
Que el Decreto 387/23 y sus modificatorios, aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
dentro de la órbita de la Vicejefatura de Gobierno, al Organismo Fuera de Nivel
Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad
(COPIDIS);
Que por la Resolución 1447/MHYDHGC/16, se creó el "Programa de Apoyo para la
Vida Independiente para Personas con Discapacidad" (PROAPVI), en el ámbito del
Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad, dependiente del entonces Ministerio de Hábitat y
Desarrollo Humano;
Que el objetivo de dicho programa es promover la autonomía individual y la
autodeterminación de las personas con discapacidad, proveyendo asistencia,
asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la
plena participación e inclusión en todos los ámbitos de la comunidad;
Que, en el artículo 2° de la referida resolución, se facultó a COPIDIS a dictar normas
reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias para la implementación del
programa creado;
Que por la Resolución 52/COPIDIS/16 se aprobó el Procedimiento del Programa,
determinando el pago de un subsidio a sus beneficiarios para la contratación de un
Asistente Personal para la Vida Independiente (APVI), que consiste en una suma de
dinero equivalente a las horas asignadas de APVI para llevar adelante el Plan
Individual de Vida Independiente trazado por el equipo interdisciplinario y la persona
con discapacidad, en forma conjunta;
Que, la Resolución 120/AVJG/24, sustituyó el punto "Subsidio" del Anexo I de la
Resolución 1.447/MHYDHGC/16 y estableció que, a partir del 1° de enero de 2024,
COPIDIS o el organismo que lo reemplace, determinará y actualizará el monto del
beneficio;
Que, mediante la Resolución 3/COPIDIS/26, se actualizó el monto mensual del
subsidio a la suma de doscientos veinte mil pesos ($ 220.000.-), a partir del 1° de
enero de 2026;
Que la Dirección General Vida Independiente e Inclusión Económica, dependiente de
esta Comisión, mediante el informe técnico (IF-2026-35563132-GCABA-DGVIEIE),
propicia actualizar el monto del subsidio mensual del Programa a la suma de
doscientos sesenta y cuatro mil pesos ($ 264.000.-), a partir del 1° de julio de 2026;
Que, conforme lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Actualizar el monto del subsidio mensual del "Programa de Apoyo para la
Vida Independiente para las Personas con Discapacidad" a la suma de DOSCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL PESOS ($ 264.000), a partir del 1° de julio de 2026.
Artículo 2°.- El gasto que demande la ejecución de la presente será imputado a las
partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2026.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de
Gobierno y a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archivar. Torroba