RESOLUCIÓN 3834 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMISIÓN CENTRAL 25/2026, SUSCRIPTA ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A FIN DE FORMALIZAR LOS ACUERDOS LABORALES ALCANZADOS EN EL ÁMBITO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMISIÓN CENTRAL - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - NEGOCIACIÓN COLECTIVA - ACUERDOS COLECTIVOS DE TRABAJO 

Publicación:

28/08/2026

Sanción:

27/08/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley 471, el Decreto 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -Comisión

Central N° 25/2026, el Expediente Electrónico N° 2026-38770835-GCABA-

DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 25 de agosto de 2026, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central N° 25/2026, en el marco del Título II de la Ley 471 de Relaciones

Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires

(SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes acordaron aprobar el texto de la propuesta de la

COPAIRC (Comisión Permanente de Aplicación e Interpretación del Régimen de

Carreras), respecto de la aplicación del régimen especial de movilidad horizontal y

vertical dentro de la CAP y CEETPS para el personal que reviste como autoridad

superior o en el Régimen Gerencial y que detenta un cargo retenido en las carreras

referidas;

Que asimismo, establecieron que el texto aprobado entrará en vigor a partir del 1° de

agosto de 2026;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual

se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 25/2026;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 25/2026, suscripta el día 25 de agosto de 2026 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2026-38771522-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7440

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>La Clausula 1° del Acta 25/26 instrumentada por Resolucion 3834/MHFGC/26 da por aprobado el texto de la propuesta de la COPAIRC, respecto de la aplicacidn del regimen especial de movilidad horizontal y vertical dentro de la CAP y CEETPS para el personal que reviste como autoridad superior o en el Rdgimen Gerencial y que detenta un cargo retenido en las carreras referidas en el marco de los articulos 41 y 42 del Acta 17/13</p>
COMPLEMENTA
<p>La Clausula 1° del Acta 25/26 instrumentada por Resolucion 3834/mHFGC/26 da por aprobado el texto de la propuesta de la COPAIRC, respecto de la aplicacidn del regimen especial de movilidad horizontal y vertical dentro de la CAP y CEETPS para el personal que reviste como autoridad superior o en el Rdgimen Gerencial y que detenta un cargo retenido en las carreras referidas en el marco de los articulos 41 y 42 del Acta 17/13</p>
APRUEBA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3834(MHFGC/6 aprueba el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta<br />25/2026, </p>
INTEGRA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3834/MHFGC/26 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva 25/2026 celebrada en el marco del Título II de la Ley 471.</p>