RESOLUCIÓN 3835 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA LA ADENDA A LAS ACTAS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LA COMISIÓN CENTRAL N° 17/13 Y N° 16/19 CORRESPONDIENTES A LA CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y A LA CARRERA DEL PERSONAL ESCALONADO DEL ESCALAFÓN GENERAL. -NEGOCIACIÓN COLECTIVA - ACTAS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - ADENDA - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - RELACIONES LABORALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Publicación:

28/08/2026

Sanción:

27/08/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley 471, el Decreto 465/04, la Adenda a las Actas de Negociación

Colectiva de la Comisión Central N° 17/13 y N° 16/19, el Expediente Electrónico N°

2026-38764336-GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 25 de agosto de 2026, se celebró una Adenda a las Actas de

Negociación Colectiva de la Comisión Central N° 17/13 y N° 16/19, en el marco del

Título II de la Ley 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);

Que, luego de analizar la propuesta de la COPAIRC (Comisión Permanente de

Aplicación e Interpretación del Régimen de Carreras) relacionada con los aspectos

vinculados a la necesidad de adecuar el capítulo IV y el artículo 42 de la CAP (Carrera

de la Administración Publica) y adecuar el capítulo II y el artículo 15 del Acta de

Negociación Colectiva N° 16/19 instrumentada por Resolución 2675/MEFGC/19 y

modificatoria, las partes acordaron aprobar el texto de la misma, con relación a la CAP

y a la CEETPS, que como Anexo I forma parte de la Adenda;

Que asimismo, establecieron que el texto aprobado entrará en vigor a partir de la

publicación de la instrumentación de la Adenda;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 471, los acuerdos

arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la

misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual

se instrumente la Adenda a las Actas de Negociación Colectiva de la Comisión Central

N° 17/13 y N° 16/19;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instrumentar la Adenda a las Actas de Negociación Colectiva de la

Comisión Central N° 17/13 y N° 16/19, suscripta el día 25 de agosto de 2026 entre los

representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato

Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que

como Anexo (IF-2026-38765108-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7440

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3.835/MHFGC/26, instrumenta la Adenda suscripta el 25 de agosto de 2026, la cual modifica el Acta de Negociación Colectiva N° 16/19 de la Comisión Central.</p>
MODIFICA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3.835/MHFGC/26, instrumenta la Adenda suscripta el 25 de agosto de 2026, la cual modifica el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 de la Comisión Central.</p>
APRUEBA
<p>El artículo 1° de la Resolución 3835/MHFGC/26  instrumenta la Adenda a las Actas de Negociación Colectiva de la Comisión Central N° 17/13 y N° 16/19.</p>