RESOLUCIÓN 467 2006 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

APRUEBA LA APLICACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 681-02 Y N° 199-02 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y DE LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN - MECANISMOS DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

Publicación:

17/07/2006

Sanción:

06/07/2006

Organismo:

MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO


Visto, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/03, el Decreto N° 2.119/03 y el Expediente N° 38.426/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por el DNU N° 2/03 y su Decreto reglamentario N° 2.119/03 se estipulan los mecanismos para la redeterminación de precios de los contratos de obra pública;

Que, el artículo 7° del Decreto N° 2.119/03 establece que ...Los precios o índices de referencia para redeterminar las variaciones de los factores a tener en cuenta en las redeterminaciones de precios, son los informados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos para la redeterminación de precios establecida por el Decreto N° 1.295-PEN/02. En caso de no haber sido relevados por dicho Organismo, los precios o índices de referencia son los informados por otros organismos oficiales especializados, aprobados por resolución conjunta de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y de la jurisdicción a cargo de la ejecución de la obra;

Que, oportunamente, la Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del Poder Ejecutivo Nacional, realizó un análisis acerca de la composición de los índices publicados por el INDEC respecto de las variaciones del precio del asfalto, transporte y equipos, entre otros;

Que, del estudio realizado por dicha Dirección, se detectó que los valores de los equipos tomados en cuenta para la determinación de los componentes vinculados al uso de equipos que corresponden a cada contrato, no son relevados por el INDEC. Asimismo, advirtió en dicho estudio, que los precios de asfaltos, combustibles y lubricantes hoy disponibles, están agrupados en un único índice y no reflejan las características técnicas y la estructura de comercialización, correspondiente a los contratistas de obras viales. Finalmente, se observó que el indicador transporte construido por el INDEC, no se adapta a las características del transporte carretero empleado en la obra vial;

Que, por tal motivo, la Dirección Nacional de Vialidad, realizó una consulta respecto de los mecanismos de formación de precios a aplicar en rubros no relevados por el INDEC, organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Economía;

Que, la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción ha producido el Informe N° 1 de fecha 16 de octubre de 2002, sugiriendo una metodología a aplicar en las redeterminaciones de precios de los contratos de obra pública, en el marco del Decreto N° 1.295-PEN/02, con relación al precio de los equipos tomados en cuenta para la redeterminación de los componentes vinculados a su uso, al de los asfaltos, combustibles y lubricantes y al de los transportes carreteros empleados en la obra vial;

Que, en función de los antecedentes expuestos, se dictó -en el orden nacional- la Resolución Conjunta N° 681/02 y N° 199/02 del Ministerio de Economía y Secretaría de Obras Públicas, que aprueban la metodología de formación de precios de los rubros equipos y transporte carretero, aplicable a las obras viales;

Que, los Ministerios de Hacienda y de Espacio Público del G.C.A.B.A. consideran favorablemente la aplicación en el ámbito de la Ciudad de la Resolución Conjunta N° 681/02 y N° 199/02 del Ministerio de Economía y Secretaría de Obras Públicas de la Nación;

Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha opinado mediante Dictamen N° 47.701 que ...deberá emitirse resolución conjunta del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Espacio Público, en los términos del artículo 7°, inc. b), del Decreto N° 2.119/03, aprobando los precios o índices informados por la Dirección Nacional de Vialidad;

Por ello, en uso de las atribuciones que les son propias,

LA MINISTRA DE ESPACIO PÚBLICO

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébase, en el ámbito del G.C.A.B.A., la aplicación de la Resolución Conjunta N° 681/02 y N° 199/02 del Ministerio de Economía y de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, a las redeterminaciones de precios de obras viales, alcanzadas por las previsiones del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/03.

Artículo 2° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Espacio Público y al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
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ADHIERE
Res 467-MEPGC-MHGC-06-Aplica en el ámbito de la Ciudad la Res Cjta 199-Pen-02-Redeterminación de precios de obras viales-Rubros equipos y transporte carretero
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