RESOLUCIÓN 189 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
PRORROGA POR HASTA UN AÑO LA PRUEBA PILOTO DEL SISTEMA MULTIPAGO PARA LA PERCEPCIÓN TARIFARIA ABIERTA EN LAS LÍNEAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. SISTEMAS DE PAGO SIN CONTACTO - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - LÍNEAS DE COLECTIVOS - PERCEPCIÓN TARIFARIA ABIERTA - INTEROPERABILIDAD - PRUEBA PILOTO - PRÓRROGA - EMPRESAS DE TRANSPORTE - CONDICIONES OPERATIVAS - VIGENCIA
Publicación:
03/09/2026
Sanción:
02/09/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley Nacional 26.740, las Leyes 2.148, 2.930 y 6.684, el Decreto 387/23, las
Resoluciones 438/MIGC/25 y 138/SECT/25, el Expediente EX-2025-36395345-
GCABA-DGTCP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional 26.740 y el Acta Acuerdo aprobada por la Resolución
305/LCABA/24 transfirieron a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la competencia
exclusiva para la regulación, el control y la fiscalización del servicio público de
transporte automotor de pasajeros que se presta íntegramente en su territorio;
Que la transferencia implica el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización
del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas identificadas
actualmente con los números: 4, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64,
65, 68, 76, 84, 90, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132, 151;
Que el Plan Urbano Ambiental, aprobado por la Ley 2.930, y el Plan de Movilidad
Sustentable promueven un sistema de transporte que potencie la intermodalidad y
fomente el uso de medios públicos;
Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, aprobado por Ley 2.148, define
a las "pruebas piloto" como conjuntos de pruebas supervisadas por la autoridad de
aplicación para evaluar nuevas modalidades de servicios o vehículos de transporte,
así como la modificación de servicios existentes;
Que el artículo 1.3.1 del mencionado Código faculta a la Autoridad de Aplicación a
disponer las pruebas piloto que considere necesarias, siempre que estas sean
complementarias a los servicios ya existentes;
Que a través de la Resolución 438/MIGC/25, se facultó a la Secretaría de Transporte,
en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de
las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148;
Que esta Secretaría de Transporte autorizó mediante la Resolución 138/SECT/25 la
realización de pruebas piloto para implementar sistemas de pago sin contacto en las
líneas de colectivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los sistemas de cobro multipago se encuentran en etapa de desarrollo y requieren
ajustes técnicos progresivos;
Que la Ley 6.684 estableció los actuales Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e
Infraestructura;
Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte
como órgano dependiente del referido Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la de instrumentar políticas, planes y proyectos de
ordenamiento y mejora del sistema de transporte de pasajeros y de carga, y la de
entender en los aspectos relacionados con el transporte, la circulación peatonal y
vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y social de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;
Que, en función de los avances técnicos alcanzados y la necesidad de consolidar un
esquema de percepción tarifaria abierta e interoperable, corresponde prorrogar la
vigencia de la Resolución 138/SECT/25 por el término de hasta un (1) año.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrogar por el término de hasta un (1) año, a partir de su vencimiento y
bajo las mismas condiciones operativas aprobadas oportunamente, la vigencia de la
prueba piloto del sistema multipago como modalidad de percepción tarifaria abierta en
todas las líneas de transporte automotor de pasajeros cuyo recorrido se desarrolle
íntegramente dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizada
por la Resolución 138/SECT/25.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la
Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad y a la Dirección General de Gestión
de Servicios de Movilidad. Notificar a las empresas prestadoras del servicio de
transporte automotor de pasajeros de jurisdicción de la Ciudad. Cumplido, archivar.
Krantzer