RESOLUCIÓN 218 2006 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
DISPONE TRASPASO DE TAREAS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO DEL ALUMBRADO PÚBLICO Y SERVICIO ELÉCTRICO DE LA ZONA V AL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL - TRANSFIERE PERSONAL
Publicación:
24/07/2006
Sanción:
13/07/2006
Organismo:
MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO
Visto las Leyes Nros. 473 (B.O.C.B.A. N° 1022) y 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407) y el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 1.925 y Decreto N° 350/06, se modificó la estructura orgánico- funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, traspasando la Dirección General de Alumbrado Público y Servicio Eléctrico y el Ente de Mantenimiento Urbano Integral a la órbita del Ministerio de Espacio Público;
Que, la Ley N° 473 que crea el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, establece dentro de sus misiones y funciones la de planificar y ejecutar planes de trabajo relacionados con el mantenimiento correctivo y preventivo de pavimentos, pluviales, alumbrado, aceras y toda otra tarea que tenga relación con el servicio de mantenimiento integral de la vía pública en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en lo que respecta al mantenimiento correctivo y preventivo del alumbrado público de la Zona V, el mismo se encuentra actualmente a cargo de la Dirección General de Alumbrado Público y Servicio Eléctrico, toda vez que se realiza por administración;
Que, consecuentemente y en vista de una optimización y mayor eficacia en el servicio y mantenimiento de la Zona V de esta ciudad, resulta de buena administración disponer que en lo sucesivo el EMUI tenga a cargo el mantenimiento correctivo y preventivo del alumbrado público de la Zona V, de esta ciudad;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Dispónese el traspaso de las tareas de mantenimiento correctivo y preventivo del alumbrado público y servicio eléctrico, correspondiente a la Zona V de esta ciudad, de la Dirección General de Alumbrado Público y Servicio Eléctrico al Ente de Mantenimiento Urbano Integral.
Artículo 2° - Transfiérase personal, patrimonio y presupuesto asignado al cumplimiento de las funciones que por la presente se transfieren de la Dirección General de Alumbrado Público y Servicio Eléctrico al Ente de Mantenimiento Urbano Integral.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Hacienda, Ministerio de Espacio Público, a la Dirección General de Alumbrado Público y Servicio Eléctrico y al Ente de Mantenimiento Urbano Integral. Cumplido, archívese.