RESOLUCIÓN 951 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
AMPLIA LOS CUPOS POR NIVEL CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES (PEP) PARA EL PERÍODO ENTRE EL 1° DE OCTUBRE Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2026 - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES - CUERPO DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES - AMPLIACIÓN DE CUPOS - RECURSOS HUMANOS - PLANTA PERMANENTE - PLANTA TRANSITORIA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 17/13 - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 6/14 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES
Publicación:
17/09/2026
Sanción:
14/09/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: la Ley 6.684, el Decreto 289/24, las Resoluciones Firma Conjunta
1408/MHFGC/24, 1140/MHFGC/25 y 263/MHFGC/26, la Disposición
10/DGPLYCO/26, el Expediente EX-2026-41091072-GCABA-DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de fomentar y
acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes
principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de
gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;
Que el artículo 3° del citado Decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales",
en el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa
mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,
de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;
Que la Resolución Firma Conjunta 1408/MHFGC/24, estableció que el personal de la
planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el personal transitorio
del Acta de Negociación Colectiva 6/14, podrá participar en el Programa de
Especialistas Profesionales (PEP), aprobado por el Decreto 289/24;
Que, el artículo 2° de la citada Resolución dispuso que el personal permanente y
transitorio nombrados en el considerando anterior, que acredite los requisitos y
superen las evaluaciones que establezca la autoridad de aplicación para su
designación en el Programa de Especialistas Profesionales (PEP), percibirá un
suplemento que se adicionará a su remuneración de acuerdo a las pautas
establecidas en el Anexo I de la misma;
Que a su vez, por la Resolución Firma Conjunta 1140/MHFGC/25 se aprobó para el
período comprendido entre el 1° de enero 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, el
"Cuerpo de Especialistas Profesionales" y el suplemento destinado al personal de la
planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el personal transitorio
del Acta de Negociación Colectiva 6/14, de conformidad con lo establecido en los
Anexo I y II que forman parte integrante de dicha norma;
Que por la Resolución Firma Conjunta 263/MHFGC/26, se amplió, para el período
comprendido entre el 1° de abril de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, los cupos por
Nivel correspondientes al Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobados
por la Resolución de Firma Conjunta 1140/MHFGC/25;
Que mediante la Disposición 10/DGPLYCO/26 se aprobó el proceso para cobertura de
cupos asociados al Cuerpo de Especialistas Profesionales (PEP);
Que en el marco de la experiencia recogida desde la implementación del programa,
las nuevas necesidades de servicio especializado en diversas áreas de gobierno y las
políticas de gestión de recursos humanos, resulta necesario ampliar, a partir del 1° de
octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, los nuevos cupos por Nivel
correspondientes al Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobados por la
Resolución de Firma Conjunta 1140/MHFGC/25 y modificatoria 263/MHFGC/26, con la
finalidad de dar continuidad al cumplimiento del objetivo del citado programa para el
citado periodo;
Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los
titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto;
Que en función de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto 289/24,
Artículo 1°.- Ampliar, para el período comprendido entre el 1° de octubre de 2026 y el
31 de diciembre de 2026, los cupos por Nivel correspondientes al Programa de
Especialistas Profesionales (PEP), aprobados por la Resolución de Firma Conjunta
1140/MHFGC/25 y modificatoria 263/MHFGC/26, de conformidad con el Anexo I (IF-
2026-41123530-GCABA-SSGRH) el que a todos los efectos, forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias
pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1°.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y
Liquidación de Haberes, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo
Piragine p/p - Arengo Piragine