RESOLUCIÓN 263 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

AMPLÍA CUPOS POR NIVEL  - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES -PEP  - MINISTERIOS - HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

17/04/2026

Sanción:

14/04/2026

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley 6.684, el Decreto 289/24, las Resoluciones Firma Conjunta

1408/MHFGC/24 y 1140/MHFGC/25 la Disposición 10/DGPLYCO/26, el Expediente

EX-2026-17181545-GCABA-DGPLYCO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de fomentar y

acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes

principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de

gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;

Que el artículo 3° del citado decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales",

en el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa

mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,

de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;

Que mediante la Resolución Firma Conjunta 1408/MHFGC/24 y modificatoria, se

estableció que el personal de la planta permanente del Acta de Negociación Colectiva

17/13, y el personal transitorio del Acta de Negociación Colectiva 6/14, podrá participar

en el Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobado por el Decreto 289/24;

Que, el artículo 2° de la citada resolución dispuso que el personal permanente y

transitorio nombrados en el considerando anterior, que acredite los requisitos y

superen las evaluaciones que establezca la autoridad de aplicación para su

designación en el Programa de Especialistas Profesionales (PEP), percibirá un

suplemento que se adicionará a su remuneración de acuerdo a las pautas

establecidas en el Anexo I de la misma;

Que mediante la Resolución Firma Conjunta 1140/MHFGC/25 se aprobó para el

período comprendido entre el 1° de enero 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, el

"Cuerpo de Especialistas Profesionales" y el suplemento destinado al personal de la

planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el personal transitorio

del Acta de Negociación Colectiva 6/14, de conformidad con lo establecido en los

Anexo I y II que forman parte integrante de dicha norma;

Que mediante la Disposición 10/DGPLYCO/26 se aprobó el proceso para la cobertura

de cupos asociados al programa;

Que en el marco de la experiencia recogida durante el primer año del programa, las

nuevas necesidades de servicio especializado en diversas áreas de gobierno y la

implementación de nuevas políticas de gestión de recursos humanos, se requiere

ampliar, a partir del 1° de abril de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, la

aprobación de nuevos cupos, con la finalidad de dar continuidad al cumplimiento del

objetivo del citado programa para el citado periodo;

Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los

titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto 289/24,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Ampliar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 2026 y el 31

de diciembre de 2026, los cupos por Nivel correspondientes al Programa de

Especialistas Profesionales (PEP), aprobados por la Resolución de Firma Conjunta

1140/MHFGC/25, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2026-17221791-GCABA-

SSGRH) que a todos su efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias

pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1°.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y

Liquidación de Haberes, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, todas

dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Sánchez

Zinny - Arengo Piragine


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7347

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1de la Resolución Conjunta 263-MHFGC-MJGGC/26 amplia, para el período comprendido entre el 1 de abril de 2026 y el 31 diciembre de 2026, los cupos por Nivel correspondientes al Programa de Especialistas Profesionales (PEP) creado por Decreto 289/24.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 263-MHFGC/26 amplía, para el período comprendido entre el 1° de abril de 2026 y el 31 diciembre de 2026, los cupos por Nivel correspondientes al Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobados por la Resolución de Firma Conjunta 1140-MHFGC-MJGGC/25.</p>