RESOLUCIÓN 263 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
AMPLÍA CUPOS POR NIVEL - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES -PEP - MINISTERIOS - HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
17/04/2026
Sanción:
14/04/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley 6.684, el Decreto 289/24, las Resoluciones Firma Conjunta
1408/MHFGC/24 y 1140/MHFGC/25 la Disposición 10/DGPLYCO/26, el Expediente
EX-2026-17181545-GCABA-DGPLYCO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de fomentar y
acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes
principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de
gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;
Que el artículo 3° del citado decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales",
en el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa
mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,
de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;
Que mediante la Resolución Firma Conjunta 1408/MHFGC/24 y modificatoria, se
estableció que el personal de la planta permanente del Acta de Negociación Colectiva
17/13, y el personal transitorio del Acta de Negociación Colectiva 6/14, podrá participar
en el Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobado por el Decreto 289/24;
Que, el artículo 2° de la citada resolución dispuso que el personal permanente y
transitorio nombrados en el considerando anterior, que acredite los requisitos y
superen las evaluaciones que establezca la autoridad de aplicación para su
designación en el Programa de Especialistas Profesionales (PEP), percibirá un
suplemento que se adicionará a su remuneración de acuerdo a las pautas
establecidas en el Anexo I de la misma;
Que mediante la Resolución Firma Conjunta 1140/MHFGC/25 se aprobó para el
período comprendido entre el 1° de enero 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, el
"Cuerpo de Especialistas Profesionales" y el suplemento destinado al personal de la
planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el personal transitorio
del Acta de Negociación Colectiva 6/14, de conformidad con lo establecido en los
Anexo I y II que forman parte integrante de dicha norma;
Que mediante la Disposición 10/DGPLYCO/26 se aprobó el proceso para la cobertura
de cupos asociados al programa;
Que en el marco de la experiencia recogida durante el primer año del programa, las
nuevas necesidades de servicio especializado en diversas áreas de gobierno y la
implementación de nuevas políticas de gestión de recursos humanos, se requiere
ampliar, a partir del 1° de abril de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, la
aprobación de nuevos cupos, con la finalidad de dar continuidad al cumplimiento del
objetivo del citado programa para el citado periodo;
Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los
titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto 289/24,
Artículo 1°.- Ampliar, para el período comprendido entre el 1° de abril de 2026 y el 31
de diciembre de 2026, los cupos por Nivel correspondientes al Programa de
Especialistas Profesionales (PEP), aprobados por la Resolución de Firma Conjunta
1140/MHFGC/25, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2026-17221791-GCABA-
SSGRH) que a todos su efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias
pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1°.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y
Liquidación de Haberes, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Sánchez
Zinny - Arengo Piragine