DISPOSICIÓN 14 2026 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Síntesis:
PRORROGA EL PERIODO DE INSCRIPCIÓN AL PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - EDICIÓN 2026 Y MODIFICA LA FECHA DEL PERIODO DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS - DIRECCIÓN GENERAL ESCUELA DE MAESTROS - SUBSECRETARÍA PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - GERENCIA OPERATIVA EDUCACIÓN DIGITAL - PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL - PLAN BIALFABETIZACIÓN - PRÓRROGA DE INSCRIPCIÓN - EVALUACIÓN DE PROYECTOS - COMPETENCIAS DIGITALES DOCENTES - TECNOLOGÍA EDUCATIVA - PLAN ESTRATÉGICO BUENOS AIRES APRENDE - PROYECTOS PEDAGÓGICOS - TRANSFORMACIÓN DIGITAL - DERECHO A LA EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
23/09/2026
Sanción:
17/09/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el
Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 4.271/MEDGC/17 y sus
modificatorias, 1.602/MEDGC/24, 858/MEDGC/25, 10267/SSPIE/26, el Expediente
EX-2026-41951681- -GCABA-DGESM, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades
y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "promover y difundir la investigación y la formación en áreas de
interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio
de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias la de "promover las políticas,
proyectos y programas educativos relacionados con la educación digital";
Que bajo dependencia de la citada Subsecretaría se encuentra esta Dirección General
Escuela de Maestros, la cual posee entre sus responsabilidades primarias la de
"supervisar la implementación de los proyectos y programas establecidos por la
Gerencia Operativa de Educación Digital" y "acompañar, planificar e implementar,
conjuntamente con la Subsecretaría y la Gerencia Operativa de Educación Digital, la
adquisición, desarrollo y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de
conformidad con los contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción";
Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de la
Dirección General Escuela de Maestros, tiene entre sus acciones las de "diseñar e
implementar el Plan Integral de Educación Digital en todos los niveles y modalidades
educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y la Dirección General", "acompañar,
planificar e implementar, conjuntamente con la Dirección General y la Subsecretaría, la
adquisición, desarrollo y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de
conformidad con los contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos" y "promover la investigación y actualización constante en materia de
educación digital", entre otras;
Que a través de la Resolución 4.271/MEDGC/17 se aprobó el Programa "Plan Integral
de Educación Digital" (PIED), el cual se encuentra destinado a todos los niveles
educativos y tiene como objetivo principal integrar los procesos de enseñanza y de
aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;
Que por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos la
mejora de los aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas
estrategias, un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia
sostenida y continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar
socioemocional, la inclusión y la atención a la diversidad; así como impulsar nuevas
maneras de enseñar y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que
posibiliten a los/las estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y
cambiante; y fortalecer las tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a
través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades que brinda la
tecnología;
Que en el marco de dicho Plan, se propicia generar espacios que promuevan la
calidad educativa mediante la integración de proyectos y experiencias innovadoras
que incluyan la enseñanza y el aprendizaje vinculado con la cultura digital, de acuerdo
a los lineamientos del Programa "Plan Integral de Educación Digital";
Que por la Resolución 858/MEDGC/25 se aprobó el "Plan de Bialfabetización" en el
marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital", mediante el cual se propone
un nuevo enfoque híbrido de enseñanza y aprendizaje, que integra las potencialidades
tanto del soporte de lectura físico como del digital;
Que el Plan Bialfabetización contempla entre sus acciones de Formación Docente
para la Bialfabetización al "Premio a la Innovación Tecnológica", como una iniciativa
orientada a reconocer y visibilizar experiencias pedagógicas significativas que
promuevan la transformación digital de los aprendizajes, con el objetivo de destacar
proyectos que integren de manera creativa e innovadora las tecnologías digitales en
las prácticas educativas, fortaleciendo las capacidades de Educación Digital en las
comunidades escolares;
Que mediante la Resolución 10.267/SSPIE/26 se aprobaron las Bases y Condiciones
del "Premio Innovación Tecnológica"- Edición 2026 conforme el Anexo (IF-2026-
36108875-GCABA-DGESM);
Que, asimismo, se facultó a esta Dirección General Escuela de Maestros a dictar los
actos complementarios y/o aclaratorios que resulten necesarias para la
implementación del citado Premio;
Que, en particular, las mencionadas Bases y Condiciones establecieron que la
inscripción para participar del premio se encontrará habilitada a partir de las 00:00 h
del 18 de agosto de 2026 hasta las 23:59 h del 18 de septiembre inclusive del
corriente año;
Que a fin de propiciar una mayor participación y alcance de la convocatoria, la
Gerencia Operativa Educación Digital propicia prorrogar el periodo de inscripción hasta
el día 25 de septiembre de 2026, con el objeto de garantizar la difusión adecuada y
favorecer la presentación de la mayor cantidad posible de proyectos;
Que, en consecuencia de ello, resulta necesario modificar el período de evaluación de
proyectos, el cual se encontraba previsto para desde el 21 de septiembre al 16 de
octubre de 2026 y pasará a desarrollarse entre los días 28 de septiembre y 16 de
octubre de 2026;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, brinda su conformidad en
las presentes actuaciones.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución 10.267/SSPIE/26;
Artículo 1°.- Prorrogar el periodo de inscripción al "Premio Innovación Tecnológica
Edición 2026" hasta el día 25 de septiembre de 2026.
Artículo 2°.- Modificar la fecha del periodo de evaluación de proyectos del Premio
Innovación Tecnológica Edición 2026", el cual se desarrollará entre los días 28 de
septiembre y 16 de octubre de 2026.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada, y
Sistema de Formación Docente, y a la Gerencia Operativa Educación Digital para su
conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Dalla Zorza