ACTA 2029 2006 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA CLÁUSULAS ADICIONALES A CONVENIOS DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y COMPROMISO DE PAGOS

Publicación:

03/08/2006

Sanción:

17/03/2006

Organismo:

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


Reunión de Directorio de fecha 17 de marzo de 2006.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 17 días del mes de marzo del año dos mil seis, siendo las 16 hs., se reúne el Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la presencia de su Presidente, el Ing. Ernesto O. Selzer, y sus Directores, Dr. Claudio G. Hoistacher, Sra. Silvia María Eva Gottero y Lic. Osvaldo Luján Cereghetti, quienes firman al pie de la presente.

Se considera el orden del día y con sujeción al mismo, su punto único que dice: Tema: "Ampliación Acta de Directorio N° 1.872-D/05".

Luego de un breve debate, sometido a votación el proyecto respectivo, se aprueba por unanimidad.

CONSIDERANDO:

Que en virtud del principio general consagrado por el artículo 4° de la Ley N° 1.251, es función del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires... f) "Garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias";

Que, en ese orden de ideas, se ha dictado el Acta N° 1.872, de fecha 9 de junio de 2005, por la cual se establece el régimen de regularización financiera y dominial;

Que, asimismo, debido a la imposibilidad de pago, por parte de los adjudicatarios, sus sucesores y legatarios, de las deudas generadas en concepto de expensas comunes, contribuciones de alumbrado, barrido y limpieza, territorial, de pavimentos y aceras y adicional fijado por la Ley N° 23.514, fueron aprobadas las Actas de Directorio N° 2.018, de fecha 23 de febrero de 2006 y N° 2.028, de fecha 17 de marzo de 2006, con el objeto de facilitar el otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio;

Que consecuentemente, resulta necesario aprobar las cláusulas adicionales a los convenios de reconocimiento de deuda y compromiso de pago aprobados por el Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05 a fin de adecuarlos a la normativa citada;

Que, asimismo, resulta necesario, a fin de lograr plenamente el objetivo de regularización dominial, la aplicación del criterio establecido en las actas antes referidas en el supuesto que los adjudicatarios, sus sucesores o legatarios hayan cancelado el total del precio de venta de la unidad pero que no puedan afrontar las deudas devengadas respecto a expensas comunes y/o A.B.L., los gastos de escrituración de la misma y los derivados de las acciones judiciales;

Que, en tal sentido, deviene necesario aprobar el modelo de "Convenio de Compromiso de Pago" a suscribir en los casos de unidades canceladas no escrituradas con sumas a recuperar por expensas y/o por cualquier otro concepto adeudado", e incorporarlo al Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05;

SE RESUELVE:

1°) Aprobar e incorporar la Cláusula 1.11 "Cláusula Adicional a los Convenios de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago" a suscribir en los casos de unidades no escrituradas con sumas a recuperar por A.B.L. en el Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05, la que dispondrá: "La compradora reconoce adeudar a la "Dirección General de Rentas" la suma de pesos .............................($.............) en concepto de contribución de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial Pavimentos y Aceras, correspondiente a los períodos.............................................,que se encuentra contractualmente a su cargo. "La Compradora" acepta que la deuda indicada ut-supra sea cancelada por "El I.V.C." al momento de la suscripción de la escritura traslativa de dominio de la unidad a su favor.

"La Compradora" acepta la presente Cláusula Adicional y se obliga a reintegrar al "I.V.C." las sumas que éste abone. A tal efecto se adicionarán las sumas que se cancelen al monto a hipotecar en garantía del precio de venta de las unidades y en la misma cantidad de cuotas que resulten por aplicación del Plan Financiero de la operatoria de la adjudicación correspondiente, con discriminación de importes y conceptos, sumas a las que se le aplicará un interés de financiación igual a la de la operatoria por la que se adjudicó la unidad".

2°) Aprobar e incorporar la Cláusula Adicional 1.12 "Cláusula Adicional a los Convenio de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago" a suscribir en el caso de unidades no escrituradas con sumas a recuperar por expensas y/o gastos causídicos, con reclamo administrativo o judicial" en el Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05, la que dispondrá: "La compradora" y "El I.V.C." reconocen adeudar a "El Consorcio de Copropietarios" la suma de pesos .............................. ($.........) en concepto de expensas comunes y/o gastos causídicos correspondientes al período ........................................, conforme la liquidación practicada en las actuaciones administrativas/judiciales a fs. ..............

"El Consorcio acepta que la deuda indicada ut-supra sea cancelada por "El IVC" al momento que "La Compradora" suscriba la escritura traslativa de dominio de la unidad a su favor sin que ello genere ningún interés en beneficio de "El Consorcio".

"La Compradora" acepta la presente Cláusula Adicional y se obliga a reintegrar a "El IVC" las sumas que se abonen en tal concepto, adicionándose las mismas al monto a hipotecar en garantía del precio de venta de la unidad y en la misma cantidad de cuotas que resulten por aplicación del Plan Financiero de la operatoria de la adjudicación correspondiente, con discriminación de importes y conceptos, monto al que se le aplicará un interés de financiación igual a la de la operatoria por la que se adjudicó la unidad. Asimismo, "La Compradora" se compromete a abonar a "El Consorcio" las expensas que se devenguen con posterioridad a la firma de este Convenio y hasta el momento que se produzca la suscripción de la escritura traslativa de dominio".

3°) Aprobar e incorporar la Cláusula Adicional 1.13 "Cláusula Adicional a los Convenios de Reconocimiento de Deuda y Compromiso de Pago" a suscribir en los casos de unidades no escrituradas con sumas a recuperar por expensas en el Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05, la que dispondrá: "La Compradora" reconoce adeudar a "El Consorcio de Copropietarios" la suma de pesos .............. ($..................) en concepto de expensas comunes correspondientes a los períodos...............................................que se encuentra contractualmente a su cargo. "La compradora" acepta que la deuda indicada ut-supra sea cancelada por "El IVC" al momento de la suscripción de la escritura traslativa de dominio de la unidad a su favor. "La Compradora" acepta la presente Cláusula Adicional y se obliga a reintegrar a "El IVC" las sumas que se abonen en tal concepto, adicionándose las mismas al monto a hipotecar en garantía del precio de venta de las unidades y en la misma cantidad de cuotas que resulten por aplicación del Plan Financiero de la operatoria de la adjudicación correspondiente, con discriminación de importes y conceptos, monto al que se le aplicará un interés de financiación igual a la de la operatoria por la que se le adjudicó la unidad. Asimismo, "La Compradora" se compromete a abonar a "El Consorcio" las expensas comunes que se devenguen con posterioridad a la firma de este Convenio y hasta el momento que se produzca la suscripción de la escritura traslativa de dominio".

4°) Autorizar la aplicación de la normativa establecida en las Actas de Directorio Nros. 2.018 y 2.028 en los supuestos que, el adjudicatario, sus sucesores o legatarios, hayan cancelado el total del precio de venta de la unidad y que no puedan afrontar el pago de las deudas correspondientes.

5°) Aprobar e incorporar la Cláusula Adicional 1.14 al "Convenio de Compromiso de Pago a suscribir en los casos de unidades canceladas no escrituradas con sumas a recuperar por expensas comunes y/o por cualquier otro concepto adeudado", en el Anexo IX que forma parte del Acta N° 1.872-D/05, la que dispondrá: "La Compradora" y el "I.V.C." reconocen adeudar a "El Consorcio" la suma de pesos ........................................ ($..................) en concepto de expensas comunes y/o gastos causídicos, correspondientes al período..............................., conforme la liquidación practicada en las actuaciones administrativas/judiciales a fs. ........ "El Consorcio" acepta que la deuda indicada ut-supra sea cancelada por "El I.V.C." al momento que "La Compradora" suscriba la escritura traslativa de dominio de la unidad a su favor, sin que ello genere ningún interés en beneficio de "El Consorcio".

"La Compradora" acepta la presente Cláusula Adicional y se obliga a reintegrar a "El I.V.C." las sumas que se abonen en tal concepto. Asimismo, "La Compradora" se compromete a abonar a "El Consorcio" las expensas comunes que se devenguen con posterioridad a la firma de este Convenio y hasta el momento que se produzca la suscripción de la escritura traslativa de dominio.

6°) Aprobar e incorporar, como punto 1.15 del Anexo IX del Acta N° 1.872-D/05, el Convenio de Compromiso de Pago a suscribir en los casos de unidades canceladas no escrituradas con sumas a recuperar por expensas comunes y/o por cualquier otro concepto adeudado que, como Anexo I, forma parte de la presente.

7°) Facultar a la Gerencia de Regularización Jurídica y Financiera a celebrar y suscribir con los adjudicatarios, sus sucesores, legatarios o apoderados, las cláusulas adicionales y el Convenio de Compromiso de Pago, en representación del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en los términos expresados en las Actas de Directorio Nros. 2.018-D/06 y 2.028-D/06 y en el marco de la presente ampliación del Acta de Directorio N° 1.872-D/05.

Con lo que se dio por terminada la reunión siendo las 18 horas.

Por aprobada para su registración y cumplimiento, los componentes del Directorio firman la presente acta.

NOTA: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en Carlos Pellegrini 291, 8° piso, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del  Acta 2029-IVC-06 incorpora al Anexo IX  la Clausula 1.11</p><p>Articulo 2°  incorpora al Anexo IX  la Clausula 1.12</p><p>Articulo 3°  incorpora al Anexo IX  la Clausula 1.13</p><p>Articulo 4°  incorpora al Anexo IX  la Clausula 1.14</p><p>Articulo 5°  incorpora al Anexo IX  la Clausula 1.15</p><p> </p>