LEY 2010 2006

Síntesis:

REMUNERACIONES - SUELDOS - DIPUTADOS - DIPUTADAS - SECRETARIOS - LEGISLADORES - LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MODIFICA EL ANEXO I DE LA LEY 2  

Publicación:

07/08/2006

Sanción:

22/06/2006

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/07/2006

Estado:

No vigente


NOTA: Se advierte al usuario que el Art. 1 de la Ley 2010, modificatoria de la Ley 2, ha sido modificado por el artículo 1 de la Ley 3488.

A su vez, el artículo 1 de la Ley 2068 estableció que la modificación realizada por el artículo 1 de la Ley 2010 rige a partir del primero de julio de 2006.

Las acciones de modificación han sido volcadas sobre la norma original.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Modifícase el Anexo I de la Ley N° 2, el que quedará redactado de la siguiente forma:

ANEXO I


Remuneraciones brutas sujetas a descuento

Diputado/a: 1.075 módulos
Secretario/a: 1.065 módulos

Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.010 (Expediente N° 39.126/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 22 de junio de 2006, ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2006.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Beros

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 1 de la Ley 2010 modifica el Anexo I de la Ley 2.