RESOLUCIÓN 138 2026 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
DESIGNA FISCAL INTERINA A CARGO DE LA FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS 21 A LA DRA. MALENA MERCURIALI - DEJA SIN EFECTO PARCIALMENTE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN FG 117/2025 - DISPONE QUE LA FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 30 REEMPLACE A LA FISCALÍA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS 21 - ASIGNACIÓN DE LA COMPETENCIA ESPECIAL Y EXCLUSIVA PARA INTERVENIR EN LOS CASOS EN LOS QUE SE INVESTIGUE LA POSIBLE COMISIÓN DE UN DELITO COMETIDO POR UN FUNCIONARIO PÚBLICO DE LA CIUDAD - FISCALIA GENERAL
Publicación:
16/10/2026
Sanción:
14/10/2026
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTOS:
Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
las facultades previstas en los artículos 1°, 3°, 18 inciso 6 y 22 inciso 7 de la Ley
Orgánica del Ministerio Público (1903), y la Actuación Interna N° 30-00115962 del
Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía General y,
CONSIDERANDO:
- I -
Que, el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asigna
al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es receptado por los
artículos 1, 23 y concordantes de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Ciudad
(1903).
Además, conforme lo dispone en su artículo 3°, el gobierno y administración del
Ministerio Público está a cargo de sus titulares y cada uno de ellos ejerce los actos
que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas en su
respectiva esfera.
Asimismo, el artículo 18, en su inciso 6°, prevé entre las facultades del Fiscal General
"disponer la cobertura interina de los cargos de Fiscales en caso de licencia,
impedimento o vacancia".
En relación a sus respectivas facultades de gobierno, el inciso 7 del artículo 22 de la
Ley Orgánica prevé, como atribuciones y deberes de cada titular del Ministerio Público,
la de "Reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal
dentro del Ministerio Público de acuerdo con las necesidades del servicio".
- II
Que, mediante la Resolución FG N° 133/2026, se aceptó la renuncia a este Ministerio
Público Fiscal, a partir del 15 de octubre de 2026, del Dr. Federico Battilana (Legajo N°
1615), Fiscal interino a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 21, especializada en delitos cometidos por funcionarios
públicos (cf. Resoluciones FG Nros. 15/2024 y 117/2025).
Que, en razón de ello, y a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha
dependencia, corresponde disponer el reemplazo del nombrado.
Que, en consecuencia, se procederá a designar a la Dra. Malena Mercuriali (Legajo N°
4310), quien actualmente se desempeña como Auxiliar Fiscal de la Unidad de
Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Este, como Fiscal interina a cargo de la
fiscalía antes citada, a partir del día 15 de octubre de 2026.
- III -
Que, por otro lado, y en el marco de la actuación tendiente a realizar las
reasignaciones del personal de acuerdo con las necesidades del servicio y a fijar
normas de carácter general tendientes a regular la distribución del trabajo (previsto en
los artículos 22 inciso 7 y 31 inciso 4 de la Ley N° 1903), se realizó un pormenorizado
análisis acerca de la temática vinculada a los delitos cometidos por funcionarios
públicos (instaurada a partir de la Resolución FG N° 15/2024). Puntualmente, y
conforme la política institucional de especialización que este Ministerio Público Fiscal
viene llevando a cabo en aquella materia, oportunamente se dispuso que la
competencia especial y exclusiva para intervenir en dichos supuestos quedara bajo la
órbita de las Fiscalías de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas
Nros. 8, 22 y 39 (cf. Resolución FG N° 15/2024); habiéndose reemplazado
posteriormente, en la asignación de dicha competencia, a la Fiscalia de Primera
Instancia N° 8 por la N° 21 (cf. Resolución FG N° 117/2025), y luego de ello, a la
Fiscalía de Primera Instancia N° 22 por la N° 2 (cf. Resolución FG N° 44/2026). Todo
ello, sin afectar las competencias que cada una de las dependencias citadas
detentaban en dicho momento.
Que, a raíz del tiempo transcurrido desde la implementación de la medida indicada
previamente, resulta éste el momento oportuno para evaluar cambios parciales en la
asignación exclusiva de ese tipo de conductas en favor de otra Fiscalía de Primera
Instancia del fuero Penal, Contravencional y de Faltas, teniendo en cuenta cuestiones
vinculadas a la gestión y distribución de los casos y al funcionamiento del servicio de
justicia que brinda este Ministerio Público Fiscal.
Que, en razón de ello, se dispondrá que a partir del 15 de octubre de 2026, la Fiscalía
de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 30, interinamente a
cargo del Dr. Diego Espada (Legajo N° 2449), reemplace a la Fiscalía de Primera
Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21 en la asignación de la
competencia especial y exclusiva para intervenir en los casos que se investigue la
posible comisión de un delito cometido por un funcionario público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, bajo los lineamientos y alcances establecidos en la
Resolución FG N° 15/2024. Vale aclarar que dicha dependencia mantendrá
simultáneamente la competencia que en la actualidad tiene asignada. A su vez, en lo
que refiere al aspecto operativo, los casos que al 15 de octubre de 2026 se encuentren
en trámite ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 21 en virtud de su actual competencia especializada objeto de aquella
resolución, pasarán a tramitar ante la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 30.
Que, en virtud de lo expresado anteriormente, se dará intervención a la Secretaría
General de Administración para que, por intermedio de la Oficina de Sistemas
Informáticos, proceda a la readecuación del sistema de gestión de casos KIWI y a la
migración de los legajos en el mentado sistema electrónico.
- IV -
Que, por otra parte, por Resolución FG N° 106/2026 -artículo 18-, se designó
interinamente al Dr. Federico Ghisio (Legajo N° 1690) -quien se desempeñaba como
Auxiliar Fiscal de la Unidad de Flagrancia Este- como Fiscal a cargo de la Fiscalía de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 4 -en los términos del
artículo 18, inciso 6 de la Ley N° 1903-, en reemplazo del Dr. Mauro Andrés Tereszko
(Legajo N° 1481), quien fuera designado como Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal
Especializada en materia Penal Juvenil (UFEPJ) -cf. artículo 3° de la resolución antes
citada-.
Que, atento lo señalado ut supra, procede disponer que el Dr. Manuel Noceti Achával
(Legajo N° 8097), actual Auxiliar Fiscal de la Unidad Fiscal Especializada en la
Investigación de Delitos Vinculados con Estupefacientes (UFEIDE), pase a prestar
funciones como Auxiliar Fiscal en la Unidad de Flagrancia de la Unidad Fiscal Este, en
reemplazo del Dr. Ghisio.
Que, finalmente, corresponde designar al Dr. Mariano Díaz Bo (Legajo N° 2799), quien
actualmente se desempeña como Secretario de Fiscalía de Cámara en el Área de
Atención de Casos de Flagrancia, como Auxiliar Fiscal en la Unidad Fiscal
Especializada en la Investigación de Delitos Vinculados con Estupefacientes
(UFEIDE), en reemplazo del Dr. Noceti Achával. Cabe señalar que el Dr. Díaz Bo
forma parte del Listado Único de Aspirantes a Auxiliar Fiscal, establecido por la
Resolución FG N° 108/2022, tras haber atravesado exitosamente el proceso de
selección instituido a tal fin.
- V -
Que, ha tomado intervención de su competencia el Departamento de Presupuesto,
mediante Nota DP N° 2191/2026.
Que, por su parte, hizo lo propio el Departamento de Asuntos Jurídicos mediante la
emisión del Dictamen DAJ N° 1148/2026, no oponiendo reparos jurídicos a la
suscripción de la presente.
Que, por último, mediante Proveído SLyT N° 172/2026, la Secretaría Legal y Técnica
tomó la intervención de su competencia.
Por todo ello, conforme las facultades atribuidas en los artículos 124 y 125 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las potestades fijadas en el
marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público (1903),
Artículo 1°.- Designar como Fiscal interina a cargo de la Fiscalía de Primera Instancia
en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21, a la Dra. Malena Mercuriali (Legajo N°
4310), a partir del 15 de octubre de 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo
18, inciso 6 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (1903), en orden a lo expuesto
en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto parcialmente, a partir del 15 de octubre de 2026, lo
dispuesto en el artículo 1° de la Resolución FG N° 117/2025; y disponer que, a partir
de dicha fecha, la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas N° 30, actualmente a cargo del Dr. Diego Espada (Legajo N° 2449), reemplace
a la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21, en la
asignación de la competencia especial y exclusiva para intervenir en los casos en los
que se investigue la posible comisión de un delito cometido por un funcionario público
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo los lineamientos y alcances
establecidos en la Resolución FG N° 15/2024. Ello, sin perjuicio de continuar con la
competencia atribuida actualmente a esa dependencia.
Artículo 3°.- Establecer que los casos vinculados a la posible comisión de un delito
cometido por un funcionario público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que al 15
de octubre de 2026 se encuentren en trámite por ante la Fiscalía de Primera Instancia
en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 21, pasarán a tramitar a la Fiscalía de
Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 30.
Artículo 4°.- Encomendar a la Secretaría General de Administración que, a través de la
Oficina de Sistemas Informáticos, realice los cambios y/o ajustes pertinentes en el
sistema de gestión de casos KIWI, conforme los términos de la presente resolución,
así como la migración de los legajos pertinentes en el sistema electrónico indicado.
Artículo 5°. - Disponer que el Dr. Manuel Noceti Achával (Legajo N° 8097), actual
Auxiliar Fiscal en la Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Delitos
Vinculados con Estupefacientes (UFEIDE), pase a cumplir el dicho rol en la Unidad de
Flagrancia correspondiente a la Unidad Fiscal Este, a partir del dictado de la presente
resolución.
Artículo 6°.- Designar al Dr. Mariano Díaz Bo (Legajo N° 2799), actual Secretario de
Fiscalía de Cámara en el Área de Atención de Casos de Flagrancia, para cumplir el rol
de Auxiliar Fiscal en la Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Delitos
Vinculados con Estupefacientes (UFEIDE), a partir del dictado de la presente
resolución (cf. artículos 38 y 39 de la Ley N°1903), manteniendo la categoría de
revista, generando vacante en la dependencia de origen y percibiendo el nombrado el
adicional previsto en el artículo 9° del Reglamento de Auxiliares Fiscales del Ministerio
Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Anexo I de la Resolución FG
N° 33/2023), en virtud del pase del Dr. Manuel Noceti Achával.
Artículo 7°.- Regístrese; publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a
los/las interesados/as; y comuníquese a los Fiscales Generales Adjuntos, a los/as
Secretarios/as Generales, a los/as Secretarios/as Judiciales; a la Secretaría General
de Administración, a la Dirección General de Recursos Humanos, a la Subdirección de
Recursos Humanos, al Departamento de Administración de Personal, a la Oficina de
Administración Financiera, a la Secretaría Legal y Técnica, a la Secretaría de
Coordinación General y Planificación Judicial, a la Secretaría de Coordinación y
Enlace Jurisdiccional, al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia, a la Cámara de Casación y Apelaciones
en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, -y por su intermedio, a los
Sres./as Jueces/zas del fuero-, a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar,
a la Policía de la Ciudad, a la Policía Federal Argentina, a la Gendarmería Nacional, a
la Prefectura Naval Argentina y a la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Cumplido,
archívese. López Zavaleta