DISPOSICIÓN 18 2026 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Síntesis:
MODIFICA LAS BASES Y CONDICIONES DEL PREMIO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - EDICIÓN 2026 Y REPROGRAMA LA ENTREGA DE PREMIOS PARA LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2026, EN LA FECHA Y EL LUGAR QUE SE DETERMINEN - BASES Y CONDICIONES - MODIFICACIÓN DE CRONOGRAMA - ENTREGA DE PREMIOS - EDUCACIÓN DIGITAL - INNOVACIÓN EDUCATIVA - COMPETENCIAS DIGITALES DOCENTES - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL - PLAN DE BIALFABETIZACIÓN
Publicación:
20/10/2026
Sanción:
13/10/2026
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el
Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 4.271/MEDGC/17 y sus
modificatorias, 1.602/MEDGC/24, 858/MEDGC/25, 10267/SSPIE/26, el Expediente
EX-2026-45330962-GCABA-DGESM, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades
y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme a dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación "diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "promover y difundir la investigación y la formación en áreas de
interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a esta Dirección General Escuela de Maestros, dependiente de la Subsecretaría
Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, esta Dirección General posee entre sus
responsabilidades primarias la de "supervisar la implementación de los proyectos y
programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital" y
"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la
Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de
competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del
diseño curricular de la jurisdicción";
Que en dicho marco, la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de la
Dirección General Escuela de Maestros, tiene entre sus acciones las de "diseñar e
implementar el Plan Integral de Educación Digital en todos los niveles y modalidades
educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y la Dirección General", "acompañar,
planificar e implementar, conjuntamente con la Dirección General y la Subsecretaría, la
adquisición, desarrollo y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de
conformidad con los contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos" y "promover la investigación y actualización constante en materia de
educación digital", entre otras;
Que a través de la Resolución 4.271/MEDGC/17 se aprobó el Programa "Plan Integral
de Educación Digital" (PIED), el cual se encuentra destinado a todos los niveles
educativos y tiene como objetivo principal integrar los procesos de enseñanza y de
aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;
Que por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de esta jurisdicción, el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende";
Que en el marco de dicho Plan, se propicia generar espacios que promuevan la
calidad educativa mediante la integración de proyectos y experiencias innovadoras
que incluyan la enseñanza y el aprendizaje vinculado con la cultura digital, de acuerdo
a los lineamientos del Programa "Plan Integral de Educación Digital";
Que por la Resolución 858/MEDGC/25 se aprobó el "Plan de Bialfabetización" en el
marco del Programa "Plan Integral de Educación Digital", mediante el cual se propone
un nuevo enfoque híbrido de enseñanza y aprendizaje, que integra las potencialidades
tanto del soporte de lectura físico como del digital, y contempla entre las acciones de
Formación Docente para la Bialfabetización al "Premio a la Innovación Tecnológica";
Que, en este marco, mediante la Resolución 10.267/SSPIE/26 se aprobaron las Bases
y Condiciones del "Premio Innovación Tecnológica"- Edición 2026 conforme el Anexo
(IF-2026-36108875-GCABA-DGESM);
Que, asimismo, se facultó a esta Dirección General Escuela de Maestros a dictar los
actos complementarios y/o aclaratorios que resulten necesarias para la
implementación del citado Premio;
Que, en particular, las mencionadas Bases y Condiciones establecieron que la entrega
de los premios tendrá lugar en el evento Tecweek ED 2026, organizado por el
Ministerio de Educación, donde los GANADORES podrán presentar y exponer sus
proyectos en un espacio designado a tal efecto;
Que asimismo, se estableció que la fecha de entrega de premios se realizaría el 30 de
octubre de 2026, en el marco de la Tecweek ED;
Que la Gerencia Operativa Educación Digital ha manifestado la necesidad de
reprogramar la fecha y el lugar de la entrega de premios, a fin de adecuar el
cronograma de implementación del Premio y garantizar las condiciones organizativas y
logísticas adecuadas para el desarrollo del acto;
Que, en tal sentido, la aludida Gerencia Operativa propone la realización de tal evento
entre los meses de noviembre y diciembre de 2026, en la fecha y sede que
oportunamente determine, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, brinda su conformidad en
las presentes actuaciones.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución 10.267/SSPIE/26;
Artículo 1°.- Modificar los puntos 9 y 10 de las Bases y Condiciones del "Premio
Innovación Tecnológica
Edición 2026", aprobadas por la Resolución
10.267/SSPIE/26, estableciendo que la entrega de premios se realizará entre los
meses de noviembre y diciembre de 2026, en la fecha y lugar que oportunamente
determine esta Dirección General a propuesta de la Gerencia Operativa Educación
Digital, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje, las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada, y
Sistema de Formación Docente, y a la Gerencia Operativa Educación Digital.
Cumplido, archivar. Dalla Zorza