RESOLUCIÓN 82 2026 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

APRUEBA LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA EL DISEÑO, PROVISIÓN Y UTILIZACIÓN DE LOS TABLEROS DE PICTOGRAMAS CONTENIDOS EN EL ANEXO I - TABLEROS DE PICTOGRAMAS - COMUNICACIÓN AUMENTATIVA Y ALTERNATIVA - ACCESIBILIDAD COMUNICACIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL - LINEAMIENTOS TÉCNICOS - CAPACITACIÓN

Publicación:

20/10/2026

Sanción:

15/10/2026

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 447 y

6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), 6.851 y 6.904, los Decretos 387/23 y sus

modificatorios y 282/26, el Expediente EX-2026-45939694-GCABA-DGAUN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

garantiza a las personas con discapacidad el derecho a su plena integración, a la

información y a la equiparación de oportunidades;

Que, asimismo, el precitado artículo prevé que la Ciudad debe ejecutar políticas de

promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación,

capacitación, educación e inserción social y laboral, y al desarrollo de un hábitat libre

de cualquier tipo de barreras, entre ellas culturales, lingüísticas y comunicacionales;

Que la Ley 6.904 tiene por objeto garantizar que todas las personas que presenten

necesidades complejas de comunicación tengan acceso a sistemas de comunicación

aumentativa y alternativa en establecimientos comerciales con atención al público, así

como en las dependencias y servicios de atención al público del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de asegurar el pleno goce de sus derechos;

Que las barreras comunicacionales pueden limitar el acceso a la información, la

expresión y la interacción de las personas con discapacidad, resultando necesario

promover condiciones de accesibilidad que permitan su participación plena y efectiva

en igualdad de condiciones con las demás, mediante la incorporación y disponibilidad

de recursos de Comunicación Aumentativa y Alternativa;

Que el artículo 2° de la precitada Ley prevé que el Poder Ejecutivo determinará su

Autoridad de Aplicación y establece sus respectivas atribuciones;

Que el artículo 5° de la citada Ley, establece que la Autoridad de Aplicación debe

facilitar tableros de pictogramas elaborados por profesionales especializados en

Comunicación Aumentativa y Alternativa, atendiendo a la funcionalidad y

características de cada establecimiento, y el artículo 6° establece que los

establecimientos comerciales con atención al público, así como las dependencias y

servicios de atención al público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

deben garantizar condiciones de accesibilidad comunicacional en todos sus ámbitos;

Que por el Decreto 282/26 se estableció a la Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), como Autoridad de Aplicación

de la Ley 6.904;

Que, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 6.904 y su Decreto

Reglamentario 282/26, resulta necesario establecer pautas para la utilización e

implementación de los tableros de pictogramas, a fin de promover su adecuada

implementación, preservar su finalidad y garantizar condiciones de accesibilidad

comunicacional;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 447 y el Decreto 282/26,

LA TITULAR

DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN

E INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los lineamientos técnicos para el diseño, provisión y utilización de

los tableros de pictogramas que como Anexo I (IF-2026-45956747-GCABA-DGAUN),

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Encomendar a la Dirección General de Accesibilidad Universal la

planificación, coordinación y/o implementación de las acciones de capacitación,

formación, sensibilización y concientización en materia de Comunicación Aumentativa

y Alternativa, accesibilidad comunicacional y uso de los recursos desarrollados en el

marco de la Ley 6.904, de conformidad con las pautas establecidas en el Anexo II (IF-

2026-45957876-GCABA-DGAUN), que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Dirección General Accesibilidad Universal y a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archivar.

Torroba


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7477- Anexo I


El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7477- Anexo II



Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 82/COPIDIS/26 aprueba los lineamientos técnicos para el diseño, provisión y utilización de los tableros de pictogramas, en el marco de la Ley 6.904.</p>