RESOLUCIÓN 1562 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA FORMACIÓN DUAL ENTRE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR Y ENTIDADES DE LOS SECTORES SOCIO-PRODUCTIVOS - FORMACIÓN - DUAL - PROFESIONAL - PERMANENTE - INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR - SECTORES SOCIO-PRODUCTIVOS - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO
Publicación:
20/10/2026
Sanción:
15/10/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: las Leyes nacionales 26.058 y 26.427, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley
6.764) y su modificatoria, los Decretos 112/17 y 387/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones 775/MEDGC/22, y 6.499/MEDGC/22, el Expediente EX-2026-46011258-
GCABA-DGAHPEF, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional 26.058 establece en su
Artículo 8° que la formación profesional y la educación técnico superior tienen como
propósito preparar, actualizar y desarrollar las capacidades de las personas para el
trabajo, promoviendo procesos sistemáticos que articulen el estudio, la investigación,
la producción y la complementación teórico-práctica;
Que la Ley 6.684 asigna al Ministerio de Educación la competencia de diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema único e integrado, promoviendo la vinculación de la educación con el
mundo del trabajo y la producción;
Que mediante el Decreto 112/17 el Jefe de Gobierno facultó a los Ministros a suscribir
convenios con entes públicos y privados cuyos objetos tengan por fin el cumplimiento
de cometidos estatales específicos dentro de sus órbitas de competencia;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de
Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la
Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, la cual tiene entre sus
responsabilidades primarias las de diseñar, implementar y evaluar políticas y ofertas
educativas de nivel técnico superior y formación permanente que fortalezcan las
condiciones de empleabilidad y favorezcan la articulación socio-productiva;
Que la Dirección de Educación Técnica Superior, dependiente de la referida Dirección
General, tiene a su cargo la conducción, coordinación y supervisión pedagógica e
institucional de los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Ley nacional 26.427 se crea el Sistema de Pasantías Educativas en
el marco del sistema educativo nacional;
Que mediante la Resolución 6.499/MEDGC/22 se aprobó el Reglamento Orgánico de
los Institutos de Formación Técnica Superior y su Régimen Académico (Anexo II),
marco regulatorio que rige la vida institucional, académica, de evaluación y de gestión
de las trayectorias estudiantiles en dichos establecimientos;
Que por la Resolución 775/MEDGC/22 se aprobó el marco regulatorio general para el
desarrollo de las Prácticas Profesionalizantes en las ofertas de Educación Técnico
Superior de la Ciudad;
Que en dicho contexto, resulta de interés institucional impulsar la vinculación
sistemática entre el sistema educativo público estatal y el sector productivo,
promoviendo la implementación de dispositivos pedagógicos innovadores de
formación dual;
Que la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro propicia la aprobación
de los "Lineamientos para la Formación Dual entre los Institutos de Formación Técnica
Superior y entidades de los Sectores Socio-Productivos", como Anexo (IF-2026-
46061367-GCABA-DGAHPEF), con el objeto de establecer el marco general para la
formación dual articulada entre los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) de
gestión estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las entidades de los
sectores socio-productivos;
Que dicha experiencia contempla un dispositivo formativo en el que los contenidos
teóricos se complementan directamente con instancias prácticas desarrolladas en los
entornos reales de trabajo, favoreciendo su integración;
Que la implementación de cada experiencia de Formación Dual deberá ajustarse a los
recursos disponibles, a las previsiones presupuestarias correspondientes y a los
instrumentos específicos que se suscriban para cada caso;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General
Agencia de Habilidades para el Futuro y la Dirección de Educación Técnica Superior,
han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la debida intervención de su
competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar los "Lineamientos para la Formación Dual entre los Institutos de
Formación Técnica Superior y entidades de los Sectores Socio-Productivos", que
como Anexo (IF-2026-46061367-GCABA-DGAHPEF) forma parte integrante de la
presente Resolución a todos sus efectos.
Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, o
al área que en el futuro la reemplace, a dictar las normas complementarias, aprobar
pautas operativas, establecer instrumentos de seguimiento y adoptar las medidas
necesarias para la implementación de los lineamientos aprobados en el artículo 1° de
la presente.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro y a la Dirección de Educación Técnica
Superior. Cumplido, archivar. Miguel