RESOLUCIÓN 1562 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA LA FORMACIÓN DUAL ENTRE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR Y ENTIDADES DE LOS SECTORES SOCIO-PRODUCTIVOS - FORMACIÓN - DUAL - PROFESIONAL - PERMANENTE - INSTITUTOS DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR - SECTORES SOCIO-PRODUCTIVOS - DIRECCIÓN GENERAL AGENCIA DE HABILIDADES PARA EL FUTURO

Publicación:

20/10/2026

Sanción:

15/10/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: las Leyes nacionales 26.058 y 26.427, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley

6.764) y su modificatoria, los Decretos 112/17 y 387/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones 775/MEDGC/22, y 6.499/MEDGC/22, el Expediente EX-2026-46011258-

GCABA-DGAHPEF, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional 26.058 establece en su

Artículo 8° que la formación profesional y la educación técnico superior tienen como

propósito preparar, actualizar y desarrollar las capacidades de las personas para el

trabajo, promoviendo procesos sistemáticos que articulen el estudio, la investigación,

la producción y la complementación teórico-práctica;

Que la Ley 6.684 asigna al Ministerio de Educación la competencia de diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema único e integrado, promoviendo la vinculación de la educación con el

mundo del trabajo y la producción;

Que mediante el Decreto 112/17 el Jefe de Gobierno facultó a los Ministros a suscribir

convenios con entes públicos y privados cuyos objetos tengan por fin el cumplimiento

de cometidos estatales específicos dentro de sus órbitas de competencia;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de

Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la

Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, la cual tiene entre sus

responsabilidades primarias las de diseñar, implementar y evaluar políticas y ofertas

educativas de nivel técnico superior y formación permanente que fortalezcan las

condiciones de empleabilidad y favorezcan la articulación socio-productiva;

Que la Dirección de Educación Técnica Superior, dependiente de la referida Dirección

General, tiene a su cargo la conducción, coordinación y supervisión pedagógica e

institucional de los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Ley nacional 26.427 se crea el Sistema de Pasantías Educativas en

el marco del sistema educativo nacional;

Que mediante la Resolución 6.499/MEDGC/22 se aprobó el Reglamento Orgánico de

los Institutos de Formación Técnica Superior y su Régimen Académico (Anexo II),

marco regulatorio que rige la vida institucional, académica, de evaluación y de gestión

de las trayectorias estudiantiles en dichos establecimientos;

Que por la Resolución 775/MEDGC/22 se aprobó el marco regulatorio general para el

desarrollo de las Prácticas Profesionalizantes en las ofertas de Educación Técnico

Superior de la Ciudad;

Que en dicho contexto, resulta de interés institucional impulsar la vinculación

sistemática entre el sistema educativo público estatal y el sector productivo,

promoviendo la implementación de dispositivos pedagógicos innovadores de

formación dual;

Que la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro propicia la aprobación

de los "Lineamientos para la Formación Dual entre los Institutos de Formación Técnica

Superior y entidades de los Sectores Socio-Productivos", como Anexo (IF-2026-

46061367-GCABA-DGAHPEF), con el objeto de establecer el marco general para la

formación dual articulada entre los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) de

gestión estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las entidades de los

sectores socio-productivos;

Que dicha experiencia contempla un dispositivo formativo en el que los contenidos

teóricos se complementan directamente con instancias prácticas desarrolladas en los

entornos reales de trabajo, favoreciendo su integración;

Que la implementación de cada experiencia de Formación Dual deberá ajustarse a los

recursos disponibles, a las previsiones presupuestarias correspondientes y a los

instrumentos específicos que se suscriban para cada caso;

Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro y la Dirección de Educación Técnica Superior,

han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la debida intervención de su

competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los "Lineamientos para la Formación Dual entre los Institutos de

Formación Técnica Superior y entidades de los Sectores Socio-Productivos", que

como Anexo (IF-2026-46061367-GCABA-DGAHPEF) forma parte integrante de la

presente Resolución a todos sus efectos.

Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, o

al área que en el futuro la reemplace, a dictar las normas complementarias, aprobar

pautas operativas, establecer instrumentos de seguimiento y adoptar las medidas

necesarias para la implementación de los lineamientos aprobados en el artículo 1° de

la presente.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a la Dirección

General Agencia de Habilidades para el Futuro y a la Dirección de Educación Técnica

Superior. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7477

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 1562/MEDGC/26 aprueba los lineamientos para la Formación Dual entre los Institutos de Formación Técnica Superior y entidades de los Sectores Socio-Productivos, complementando la Resolución 775/MEDGC/22.</p>