RESOLUCIÓN 1586 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL TRASLADO DE LA SEDE DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR  22 DEL EDIFICIO SITO EN AVENIDA SANTA FE 3727 AL EDIFICIO SITO EN LA CALLE JERÓNIMO SALGUERO 920 SU PERSONAL CONTINUARÁ DESEMPEÑANDO FUNCIONES EN DICHO EDIFICIO EN IGUALES CONDICIONES Y CARGOS MINISTERIO DE EDUCACION - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 22 - TRASLADO DE SEDE - EDIFICIO - PERSONAL - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN 

Publicación:

23/10/2026

Sanción:

20/10/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: las Leyes nacionales 24.049, 26.206, 26.058 y sus modificatorias, la Ley 6.684

(texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus

modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta 1/SSAALV/22, el Expediente EX-

2026-44351915-GCABA-DGAHPEF, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley nacional 26.206 establece que la educación brindará las oportunidades

necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo

de toda la vida y promover en cada estudiante la capacidad de definir su proyecto de

vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la

diversidad, justicia, responsabilidad y bien común;

Que la Ley nacional 26.058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación Técnico

Profesional tanto en los niveles secundario y superior no universitario como en la

formación profesional;

Que por la Ley nacional 24.049 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a transferir, a

partir del 1° de enero de 1992, a las provincias y a la entonces Municipalidad de la

Ciudad de Buenos Aires, los servicios educativos administrados en forma directa por el

entonces Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo Nacional de Educación

Técnica;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha ley;

Que, en el marco de la citada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "planificar y administrar los recursos del sistema

educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose bajo la órbita de este Ministerio de Educación a la Dirección

General Agencia de Habilidades para el Futuro y, bajo la dependencia de esta última,

a la Dirección Educación Técnica Superior;

Que la mencionada Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene

entre sus responsabilidades primarias la de "diseñar, implementar y evaluar políticas,

programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de

educación técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de

nivel secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de

fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos";

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 1/SSAALV/22 se aprobó

oportunamente el traslado del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 al

edificio donde funciona la Escuela Técnica N.° 2 del Distrito Escolar 9° "Osvaldo

Magnasco", sito en avenida Santa Fe 3727 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General Agencia Habilidades para el Futuro entiende necesario

proceder a la reubicación del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 al edificio

perteneciente a la Escuela Técnica N.° 30 del Distrito Escolar 2° "Dr. Norberto Piñero",

sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por

razones de optimización operativa y planificación institucional, sumado a la necesidad

de promover una mayor sinergia pedagógica al vincular la especialidad de la

tecnicatura que se dicta en dicho Instituto con las condiciones particulares que

presenta dicha Escuela Técnica;

Que, asimismo, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro indicó que

la comunidad dispondrá de espacios con mayor equipamiento áulico, herramientas y

mobiliario, así como de un laboratorio de química y de recursos adecuados para su

utilización en el dictado de las clases, lo que contribuirá a fortalecer las condiciones

institucionales y pedagógicas en las que se desarrollan los procesos de enseñanza y

aprendizaje;

Que la Gerencia Operativa Planificación y Programación Edilicia, dependiente de la

Dirección General Mejora y Cuidado de Edificios Escolares de la Subsecretaría

Gestión Administrativa, constató, que tanto el Instituto de Formación Técnica Superior

N° 22 como la Escuela Técnica N.° 30, reúnen las condiciones necesarias para su

normal funcionamiento compartido en el edificio sito en la calle Jerónimo Salguero

920;

Que en esa inteligencia, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro

concluyó que el mencionado edificio cuenta con la capacidad edilicia adecuada para

albergar a la comunidad educativa del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22,

a la vez que dispone de espacios y entornos formativos propicios para el dictado de

sus ofertas educativas;

Que la medida no altera las trayectorias educativas de los estudiantes ni afecta la

situación de revista del personal del Instituto, el cual continuará desempeñando sus

funciones en los términos en que fue designado;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, deviene necesario y oportuno

el dictado del acto administrativo en el sentido antes expuesto;

Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, las Direcciones Generales Agencia de

Habilidades para el Futuro, Mejora y Cuidado de Edificios Escolares y Educación

Gestión Estatal, las Direcciones Educación Técnica Superior y Educación Técnica, y la

Gerencia Operativa Planificación y Programación Edilicia tomaron intervención en el

marco de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el traslado de la sede del Instituto de Formación Técnica Superior

N.° 22 del edificio sito en avenida Santa Fe 3727 de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, al edificio sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Establecer que el personal que conforma la Planta Orgánico Funcional del

Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 continuará desempeñando funciones

en el edificio sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en iguales condiciones y cargos que los oportunamente designados por el

Ministerio de Educación.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectuar las

comunicaciones oficiales pertinentes a las Direcciones Generales Agencia de

Habilidades para el Futuro, Mejora y Cuidado de Edificios Escolares, Educación de

Gestión Estatal y Asuntos Jurídicos, y a la Dirección Educación Técnica Superior, para

su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El artículo 1° de la Resolución 1586/MEDGC/26 aprueba el traslado de la sede del Instituto de Formación Técnica Superior 22 del edificio sito en avenida Santa Fe 3727, al edificio sito en la calle Jerónimo Salguero 920.</p>