RESOLUCIÓN 1586 2026 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA EL TRASLADO DE LA SEDE DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 22 DEL EDIFICIO SITO EN AVENIDA SANTA FE 3727 AL EDIFICIO SITO EN LA CALLE JERÓNIMO SALGUERO 920 SU PERSONAL CONTINUARÁ DESEMPEÑANDO FUNCIONES EN DICHO EDIFICIO EN IGUALES CONDICIONES Y CARGOS MINISTERIO DE EDUCACION - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 22 - TRASLADO DE SEDE - EDIFICIO - PERSONAL - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
23/10/2026
Sanción:
20/10/2026
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: las Leyes nacionales 24.049, 26.206, 26.058 y sus modificatorias, la Ley 6.684
(texto consolidado por la Ley 6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta 1/SSAALV/22, el Expediente EX-
2026-44351915-GCABA-DGAHPEF, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 26.206 establece que la educación brindará las oportunidades
necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo
de toda la vida y promover en cada estudiante la capacidad de definir su proyecto de
vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la
diversidad, justicia, responsabilidad y bien común;
Que la Ley nacional 26.058 tiene por objeto regular y ordenar la Educación Técnico
Profesional tanto en los niveles secundario y superior no universitario como en la
formación profesional;
Que por la Ley nacional 24.049 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a transferir, a
partir del 1° de enero de 1992, a las provincias y a la entonces Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires, los servicios educativos administrados en forma directa por el
entonces Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo Nacional de Educación
Técnica;
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha ley;
Que, en el marco de la citada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "planificar y administrar los recursos del sistema
educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose bajo la órbita de este Ministerio de Educación a la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro y, bajo la dependencia de esta última,
a la Dirección Educación Técnica Superior;
Que la mencionada Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro tiene
entre sus responsabilidades primarias la de "diseñar, implementar y evaluar políticas,
programas y ofertas educativas de aprendizaje permanente, que incluyan las de
educación técnico superior, educación no formal, formación profesional, educación de
nivel secundario integrada a la formación profesional y educación vocacional, a fin de
fortalecer las condiciones de empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos";
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 1/SSAALV/22 se aprobó
oportunamente el traslado del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 al
edificio donde funciona la Escuela Técnica N.° 2 del Distrito Escolar 9° "Osvaldo
Magnasco", sito en avenida Santa Fe 3727 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General Agencia Habilidades para el Futuro entiende necesario
proceder a la reubicación del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 al edificio
perteneciente a la Escuela Técnica N.° 30 del Distrito Escolar 2° "Dr. Norberto Piñero",
sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
razones de optimización operativa y planificación institucional, sumado a la necesidad
de promover una mayor sinergia pedagógica al vincular la especialidad de la
tecnicatura que se dicta en dicho Instituto con las condiciones particulares que
presenta dicha Escuela Técnica;
Que, asimismo, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro indicó que
la comunidad dispondrá de espacios con mayor equipamiento áulico, herramientas y
mobiliario, así como de un laboratorio de química y de recursos adecuados para su
utilización en el dictado de las clases, lo que contribuirá a fortalecer las condiciones
institucionales y pedagógicas en las que se desarrollan los procesos de enseñanza y
aprendizaje;
Que la Gerencia Operativa Planificación y Programación Edilicia, dependiente de la
Dirección General Mejora y Cuidado de Edificios Escolares de la Subsecretaría
Gestión Administrativa, constató, que tanto el Instituto de Formación Técnica Superior
N° 22 como la Escuela Técnica N.° 30, reúnen las condiciones necesarias para su
normal funcionamiento compartido en el edificio sito en la calle Jerónimo Salguero
920;
Que en esa inteligencia, la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro
concluyó que el mencionado edificio cuenta con la capacidad edilicia adecuada para
albergar a la comunidad educativa del Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22,
a la vez que dispone de espacios y entornos formativos propicios para el dictado de
sus ofertas educativas;
Que la medida no altera las trayectorias educativas de los estudiantes ni afecta la
situación de revista del personal del Instituto, el cual continuará desempeñando sus
funciones en los términos en que fue designado;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, deviene necesario y oportuno
el dictado del acto administrativo en el sentido antes expuesto;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, las Direcciones Generales Agencia de
Habilidades para el Futuro, Mejora y Cuidado de Edificios Escolares y Educación
Gestión Estatal, las Direcciones Educación Técnica Superior y Educación Técnica, y la
Gerencia Operativa Planificación y Programación Edilicia tomaron intervención en el
marco de sus respectivas competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el traslado de la sede del Instituto de Formación Técnica Superior
N.° 22 del edificio sito en avenida Santa Fe 3727 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, al edificio sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de esta Ciudad.
Artículo 2°.- Establecer que el personal que conforma la Planta Orgánico Funcional del
Instituto de Formación Técnica Superior N.° 22 continuará desempeñando funciones
en el edificio sito en la calle Jerónimo Salguero 920 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, en iguales condiciones y cargos que los oportunamente designados por el
Ministerio de Educación.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectuar las
comunicaciones oficiales pertinentes a las Direcciones Generales Agencia de
Habilidades para el Futuro, Mejora y Cuidado de Edificios Escolares, Educación de
Gestión Estatal y Asuntos Jurídicos, y a la Dirección Educación Técnica Superior, para
su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Miguel