RESOLUCIÓN 78 2006 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
ENCOMIENDA LA GUARDA Y CUSTODIA DE LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE ADJUDICATARIOS DE DISTINTOS CONTRATOS
Publicación:
23/08/2006
Sanción:
07/08/2006
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto, la Ley N° 70, la Resolución N° 6-SGCBA/03, el Decreto N° 5.720-PEN/72 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 130, inciso 9° de la Ley N° 70 le otorga al Sr. Síndico General, las atribuciones de licitar, adjudicar y contratar suministros y servicios profesionales;
Que por Resolución N° 6-SGCBA/03 se aprobó la Estructura Organizativa de esta Sindicatura General, estableciéndose, entre otras, las misiones y funciones de la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas;
Que entre las mencionadas, se encuentra la de intervenir en todo el proceso relacionado con la compra de bienes y la contratación de servicios destinados al uso y consumo de las distintas áreas de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por su parte, el Decreto N° 5.720-PEN/72 ha establecido parámetros de actuación respecto de las garantías -de oferta y adjudicación- en sus incisos 33) a 43);
Que, no obstante ello y teniendo en cuenta las atribuciones otorgadas por la ya citada Resolución N° 6-SGCBA/03 a la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas, corresponde que dicha jurisdicción asuma la guarda y custodie las garantías presentadas por los adjudicatarios de provisiones, servicios u obras -licitadas y/o contratadas por esta Sindicatura General- a los fines de preservarlas a debido resguardo hasta la oportunidad de su devolución;
Que, asimismo, se considera necesario pautar el procedimiento a seguir al respecto, así como también designar al área o persona a cargo de llevar a cabo las tareas de seguimiento de la gestión del objeto del contrato a efectos de establecer el momento a partir del cual deberá procederse a devolver la garantía, notificándole fehacientemente al proveedor que se encuentra a su disposición y haciéndole suscribir el recibo correspondiente a la recepción, a los fines de su agregación a las actuaciones respectivas;
Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las facultades establecidas en el artículo 130 inciso 9° de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 1619),
Artículo 1° - Encomiéndase a la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas, la guarda y custodia de las garantías de cumplimiento de sus obligaciones presentadas por los adjudicatarios -inc. 33) a 43) del Decreto N° 5.720-PEN/72 y sus modificaciones- hasta la oportunidad de la finalización del respectivo contrato, así como también el dictado del procedimiento a seguir y la designación del área o persona responsable de las tareas administrativas correspondientes.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese.