RESOLUCIÓN 100 1982 SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE

Síntesis:

NORMAS PARA EL CONTROL DE ENTREGA Y DEVOLUCIÓN DE LA ROPA HOSPITALARIA A PACIENTES INTERNADOS EN LOS HOSPITALES MUNICIPALES

Publicación:

15/07/1982

Sanción:

05/07/1982

Organismo:

SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE


Visto que mediante Resolución N° 674/SSP/78, se aprobaron las Normas para el Tratamiento de la Ropa Hospitalaria, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente N° 71.368/81, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dictamina acerca de la ilegalidad de la retención del Documento de Identidad de los pacientes que concurren a internarse en los distintos establecimientos asistenciales.

Que por los motivos señalados, corresponde modificar el punto 14 de la citada Resolución.

Por ello y de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Atención Médica,

El Secretario de Salud Pública y Medio Ambiente

RESUELVE:

Art. 1° - Modifícase el punto 14 del Anexo I de las Normas para el manipuleo de Ropa Hospitalaria, aprobada por Resolución N° 674/SSP/78, el que quedará redactado de la siguiente manera:

14 Control con el enfermo

A los pacientes internados en el momento en que se les provea la ropa de uso personal, se les hará firmar un recibo donde consten sus datos personales, domicilio y número de Documento de Identidad, detalles de la ropa y cualquier otro elemento entregado y un acta de compromiso de devolución de los mismos, bajo apercibimiento en caso de no devolución, de hallarse incurso en el establecido en artículo 162 del Código Penal por el delito de hurto. El recibo y el acta serán devueltos al internado o familiar en el momento del alta contra entrega de la totalidad de los elementos que le fueron proporcionados a su ingreso o durante su estadía. En caso de que el enfermo extraviase uno o varios de los elementos, deberá reponerlos antes de retirarse del Hospital.

Art. 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Dirección General de Atención Médica, quien asimismo comunicará a todos los establecimientos asistenciales los restantes aspectos señalados en el Dictamen N° 3.367/82 producido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el Expediente número 7.369/81. Cumplido, pase a la Dirección de Planificación y Control y a la Contaduría General.

La presente norma figura publicada en el Digesto Municipal de 1993, AD460.55

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 100-SSPyMA-82, Art. 1° modifica el punto 14 de la Sección A) del Anexo I de la Res. 674-SSP-78 - Requisitos y procedimiento para la entrega y devolución de ropa hospitalaria a los internados