DECRETO 1990 2000

Síntesis:

CREA EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SISTEMA DE BENEFICIOS PARA EL PERSONAL DOCENTE DENOMINADO PASE MAESTRO - INCLUIRÁN DESCUENTOS PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y EDUCATIVAS - ASÍ COMO CRÉDITOS PERSONALES E HIPOTECARIOS

Publicación:

15/11/2000

Sanción:

08/11/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 65.255/2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dichas actuaciones, se propicia la implementación en el ámbito de la Ciudad de un sistema denominado PASE MAESTRO mediante el cual se emitirá una tarjeta exclusiva para los docentes, que incluirá una serie de beneficios crediticios y económicos;

Que dichos beneficios incluirán descuentos para actividades culturales y educativas, así como créditos personales e hipotecarios;

Que este sistema alcanzará entre maestros y profesores a 40.000 personas;

Que siendo ésto una medida totalmente novedosa y que persigue el loable fin de jerarquizar la actividad docente y en consecuencia a la educación, la misma no puede dejar de ser resguardada en cuanto a su aspecto patrimonial;

Que a tal efecto resulta necesario proceder al registro de dicho nombre y de su correspondiente diseño, a fin de obtener la exclusividad de uso del mismo;

Que en consecuencia es menester proceder a la designación de un representante de este Gobierno ante los organismos pertinentes con el fin de realizar las gestiones necesarias para registrar como marca el nombre de la tarjeta PASE MAESTRO y su correspondiente diseño;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Créase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el sistema de beneficios para el personal docente que se denominará PASE MAESTRO.

Art. 2° Autorízase al señor Secretario de Educación a suscribir en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los convenios de colaboración que resulten pertinentes, siempre que éstos no signifiquen erogación alguna para el Gobierno de la Ciudad, a fin de dar cumplimiento a los objetivos del sistema PASE MAESTRO.

Art. 3° Inscríbase en los Registros correspondientes el sistema creado por el artículo 1° así como su denominación.

Art. 4° Desígnase al Director General Adjunto de la Dirección General de Comunicación Social dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Social, señor Oscar A. M. Volonterio, D.N.I. N° 14.866.855, F.N° 324.085 responsable del registro e inscripción de la marca PASE MAESTRO y su correspondiente diseño, quedando facultado a suscribir toda la documentación necesaria para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan por el presente.

Art. 5° El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Educación y a la Subsecretaría de Comunicación Social. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Resolución 1995-SBASE-14 incluye el Abono Social aprobado or Decreto 1990/00, en el nuevo cuadro tarifario para Subtes.</p>