LEY 510 2000

Síntesis:

MODIFICACIÓN DEL ART 1 DE LA LEY 269 - REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS - DEPENDENCIA FUNCIONAL - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ESTRUCTURA ORGÁNICA

Publicación:

20/11/2000

Sanción:

05/10/2000

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

14/11/2000

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° Modifícase el Art. 1° de la Ley N° 269, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 1°: Créase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as que funcionará en el área de la Secretaría de Justicia y Seguridad.

Art. 2° Comuníquese, etc.

SRUR

Juan Manuel Alemany

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 510, modifica el artículo 1 de la Ley 269.</p>