LEY 2061 2006
Síntesis:
OTORGA REFRIGERIO A NIÑOS Y NIÑAS - INSTITUTO VOCACIONAL DE ARTE MANUEL J. DE LABARDEN - DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZA ARTÍSTICA - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
26/09/2006
Sanción:
17/09/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
13/09/2006
Artículo 1° - Otórgase a los niños/as pertenecientes al Instituto Vocacional de Arte Manuel J. De Labarden que depende de la Dirección General de Enseñanza Artística el refrigerio y/o merienda en sus tres sedes: Av. Garay 1684; Pío Collivadino 470 y Curapaligüe 1026, en los turnos de mañana y tarde del jardín y a todo otro establecimiento educativo que en el futuro se incorpore a la Dirección General de Enseñanza Artística.
Artículo 2° - El Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación.
Artículo 3° - Incorpórese a la partida presupuestaria para el año 2007.
Artículo 4° - Comuníquese, etc.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.061 (Expediente N° 54.258/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 17 de agosto de 2006 ha quedado automáticamente promulgada el día 13 de septiembre de 2006.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Beros