RESOLUCIÓN 1872 2006 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DETERMINA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR CONTRATISTAS DE OBRAS PÚBLICAS QUE CORRESPONDAN A LA JURISDICCIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA - PAGO A PROVEEDORES - LIQUIDACIÓN Y PAGO A CONTRATISTAS DE OBRAS PÚBLICAS

Publicación:

29/09/2006

Sanción:

14/09/2006

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


Visto el Expediente N° 51.798/06, los Decretos Nros. 334/06, 350/06 y 1.276/06, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513), se establece la modificación en el circuito administrativo de pago a proveedores, por provisión de bienes o prestación de servicios, el cual se encontraba centralizado en la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que el Capítulo III del mencionado decreto, se refiere al procedimiento administrativo para la liquidación y pago a los contratistas de obras públicas;

Que, el artículo 12 del Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513), establece que la documentación que deberán acreditar los contratistas de obras públicas para tramitar el pago correspondiente, debe ser presentada en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la jurisdicción o en la repartición que determine el titular de la jurisdicción a la que pertenece la obra;

Que, en el mismo sentido, el artículo 14 de la misma norma, determina la documentación que debe reunir en una sola actuación la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la jurisdicción contratante o la repartición que determine el/la titular de la jurisdicción a la que pertenece la obra;

Que el Decreto N° 350/06, que aprueba la estructura organizativa dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece como responsabilidades de la Dirección General de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de este Ministerio, la de proyectar y dirigir las obras que se realizan dentro del ámbito del Ministerio de Cultura y coordinar las tareas de diseño, programación, administración, contratación y fiscalización de las mismas;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde asignar a la Dirección General de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de este Ministerio las funciones establecidas en los artículos 12 y 14 del Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513);

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que los contratistas de obras públicas que correspondan a la jurisdicción del Ministerio de Cultura, presentarán en la Dirección General de Infraestructura, sita en Avenida de Mayo 575, 4° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la totalidad de la documentación a que se refiere el artículo 12 del Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513).

Artículo 2° - Establécese que la Dirección General de Infraestructura será la repartición encargada de reunir en una sola actuación la documentación a que se refiere el artículo 14 del Decreto N° 1.276/06 (B.O.C.B.A. N° 2513) y de su posterior remisión a la Dirección General de Contaduría.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Cultura.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res 1872-MCGC-06 reglamenta los arts 12 y 14, Dec 1276-06-Asigna a la Dirección General de Infraestructura la recepción y reunión de la totalidad de la documentación acreditada por los contratistas de obras públicas