RESOLUCIÓN 35 2006 SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS CULTURALES

Síntesis:

BUENOS AIRES SET DE FILMACIÓN - INSTRUMENTA REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRABAJO PARA BASET - TRAMITACIÓN DE PERMISOS DE FILMACIÓN

Publicación:

03/10/2006

Sanción:

20/09/2006

Organismo:

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS CULTURALES


Visto los Decretos Nros. 1.533/03, 1.312/04 y 350/06,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.533/03, se crea la Oficina Buenos Aires Set de Filmación, programa que dependía de la Dirección General de Museos, y por Decreto N° 1.312/04, pasa a la órbita de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura;

Que por el Decreto N° 350/06, la Subsecretaría de Industrias Culturales pasa a la órbita del Ministerio de Producción;

Que el crecimiento de las funciones y responsabilidades de dicho programa llevan a la necesidad de instrumentar un reglamento administrativo de trabajo que permita mejorar el funcionamiento de BASet;

Que ello redundará en una mejor administración de sus recursos humanos y de los servicios prestados, así como también en el mejor manejo de la operatoria para los particulares necesitados de tales servicios;

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS CULTURALES

RESUELVE:

Artículo 1° - BASet tendrá la facultad de rechazar las solicitudes siguientes:

a) las presentadas fuera de término acorde con el Decreto N° 1.533/03;

b) las que no cumplan con la normativa vigente;

c) las que no sean presentadas según los formularios de BASet;

d) las que no hayan abonado el timbrado, o su pago no sea el correspondiente;

e) las que no cuenten con el pago de la póliza del seguro de responsabilidad civil que debe presentarse en BASet, al menos cinco días antes de la fecha de rodaje;

f) las que tengan vencido el permiso de filmación en vía pública.

Artículo 2° - A los efectos de la tramitación de los permisos de filmación, se entenderá como primer día hábil, aquellos que se presenten hasta las 12.30 horas de ese día. Pasado el horario, BASet recibirá permisos hasta las 16 horas, pero se computará como trámite iniciado el día hábil siguiente.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase a la Oficina Buenos Aires Set de Filmación y para su conocimiento y demás efectos remítase copia al Ministerio de Producción. Cumplido. Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res 35-SSICUL-06 instrumenta el reglamento administrativo de trabajo para BASet-Tramitación de permisos de filmación-Establece motivos de rechazo y horario de presentación de solicitudes
DEROGADA POR
Art 3 de la Res 589-MDE-MDU-MAYEP-09 deroga Res 35-SSICUL-06
DEROGADA POR
Art. 3 de la Res. 147-MDEGC-13 deroga la Resolución 35-SSICUL-06.