LEY 2073 2006
Síntesis:
FUNCIONAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES ARTESANALES Y FERIALES EN LA PLAZA JULIO CORTÁZAR - PRORROGA AUTORIZACIÓN POR NOVENTA DÍAS
Publicación:
04/10/2006
Sanción:
24/08/2006
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
21/09/2006
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Prorrógase por noventa (90) días la autorización otorgada por Ley N° 1.926 (B.O.C.B.A. N° 2433) para el funcionamiento de las actividades artesanales y feriales en el área de la plaza Julio Cortázar.
Artículo 2° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.073 (Expediente N° 56.725/06), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 24 de agosto de 2006, ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de septiembre de 2006.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Cultura y de Espacio Público. Cumplido, archívese. Beros