RESOLUCIÓN 77 2006 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

APRUEBA BASES Y CONDICIONES - LISTADO DE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA - COMPONENTES DE LOS PROYECTOS - MODELOS DE DECLARACIÓN JURADA Y DE ACTA ACUERDO - LISTADO DE SERVICIOS EXCLUIDOS Y DEMÁS FORMULARIOS DEL CONCURSO COMERCIO MINORISTA - REGLAMENTACIONES - PROCEDIMIENTOS - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES

Publicación:

13/10/2006

Sanción:

25/09/2006

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto la Resolución N° 343-MP/06, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución comentada se convocó al concurso Comercio Minorista en el marco del programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores, aprobado por Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635) con el propósito de subsidiar proyectos pertenecientes a micro, pequeños y medianos comercios que desarrollen actividades destinadas a incrementar las ventas y modernizar los establecimientos dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la misma resolución se asignó a la Dirección General de Industria, Servicios y Comercio Exterior la calidad de autoridad de aplicación del mencionado proceso de selección, delegándose asimismo en la Subsecretaría de Producción, la facultad para establecer las condiciones a cumplir por los postulantes para la presentación de los proyectos en cuestión;

Que consecuentemente corresponde en este estado proceder a aprobar las pautas aludidas a través del dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las atribuciones concedidas por el referido art. 3° de la Resolución N° 343-MP/06,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que los proyectos que se presenten en el marco del concurso "Comercio Minorista" convocado por la Resolución N° 343-MP/06 en el marco del programa "Fondo para el Desarrollo de Proveedores", creado por el Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635) deberán contener alguno de los siguientes componentes:
a) Mejorar las instalaciones existentes;
b) Incorporar bienes de capital;
c) Renovar y/o adquirir equipamiento informático (software y/o hardware);
d) Implementar acciones tendientes a captar mayor clientela;
e) Implementar acciones de fidelización de clientes;
f) Implementar acciones tendientes a mejorar su competitividad frente a grandes cadenas de comercialización

Artículo 2° - Apruébanse las bases y condiciones, el listado de documentación requerida, los modelos de declaración jurada y de acta acuerdo, el listado de servicios excluidos y demás formularios que, como Anexos I a XII, forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3° - Establécese que será competencia de la autoridad de aplicación del concurso aludido en el art. 1°:
a) Recibir y registrar los proyectos que se presenten a esta convocatoria, en los términos y alcances establecidos en el Anexo I de la presente.
b) Evaluar los proyectos presentados, de acuerdo a la metodología establecida en el Anexo I y recomendar su aprobación o rechazo.
c) Dictar el acto administrativo que declare los ganadores del concurso y determinar el monto del subsidio.
d) Celebrar los acuerdos con los comercios que resulten ganadores.
e) Prorrogar el plazo de convocatoria a este concurso, por causa debidamente justificada, y resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa.
f) Administrar los fondos presupuestarios destinados al concurso.
g) Ampliar el monto destinado al financiamiento del presente proceso, en función del crédito presupuestario existente.
h) Llevar a cabo el seguimiento y control del cumplimiento de las metas fijadas en cada uno de los proyectos que resulten ganadores del concurso.
i) Declarar, en su caso, el incumplimiento de las metas y proyectos, rescindir el contrato celebrado con la empresa.

Artículo 4° - Establécese que los establecimientos que resulten beneficiados, podrán hacerse acreedores de subsidios de un importe de hasta doce mil pesos ($ 12.000) cada uno.

Artículo 5° - Establécese que la convocatoria al presente concurso cerrará a las 14 horas del día 28 de septiembre de 2006 y que la participación implica el conocimiento y la aceptación de la presente normativa y sus Anexos.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Industria, Servicios y Comercio Exterior. Cumplido, archívese.

NOTA: los Anexos de la presente resolución pueden ser consultados en la sede del Ministerio de Producción, sito en Av. de Mayo 575, 1° piso, oficina 101, en el horario de 10 a 18 hs.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 77-SSPRODU-06 Reglamenta el concurso convocado por Res. 343-MPGC-06
MODIFICADA POR
Dispo 9-DGICYS-06-Prorroga plazo de presentación de proyectos para el concurso comercio minorista establecido por art 5°, Res 77-SSPRODU-06
REGLAMENTA
Res 98-SSPRODU-06 se rige por las mismas bases y condiciones establecidas por Res 77-SSPRODU-06