RESOLUCIÓN 98 2006 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN
Síntesis:
AMPLÍA EL UNIVERSO DE PARTICIPANTES AL CONCURSO CONVOCADO POR RESOLUCIÓN N° 343-MPGC-06 - CONCURSO COMERCIO MINORISTA - PROGRAMA FONDO PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES
Publicación:
07/11/2006
Sanción:
30/10/2006
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN
Visto las Resoluciones Nros. 343-MPGC/06, 77-SSPRODU/06, 93-SSPRODU/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la resolución comentada se convocó al concurso Comercio Minorista en el marco del programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores, aprobado por Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635) con el propósito de subsidiar proyectos pertenecientes a micro, pequeños y medianos comercios que desarrollen actividades destinadas a incrementar las ventas y modernizar los establecimientos dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 93-SSPRODU/06 se amplió la posibilidad de participación a ese concurso a comercios ubicados en otras zonas de las que habían sido asignadas en la normativa de origen;
Que en la resolución recientemente referenciada se omitió involuntariamente incorporar una zona de alta potencialidad en cuanto a la cantidad de comercios allí radicados;
Que resulta necesario salvar tal omisión con el dictado de la norma ampliatoria pertinente;
Por ello, y en uso de las atribuciones concedidas por el referido art. 3° de la Resolución N° 343-MPGC/06,
Artículo 1° - Establécese que, además de los comercios ubicados dentro de las nuevas poligonales descriptas en el Anexo I de la Resolución N° 93-SSPRODU/06, podrán presentarse al concurso convocado por la Resolución N° 343-MPGC/06 los comercios ubicados dentro de la zona descripta por Tabaré - Del Barco Centernera - Av. Int. Rabanal - Cnel. E. Bonorino. Todo ambas aceras.
Artículo 2° - Los comercios incluidos en esta poligonal, podrán realizar su presentación en la misma fecha y hora establecida en la Resolución 93-SSPRODU/06, y en las mismas condiciones fijadas en la Resolución N° 77-SSPRODU/06.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Industria, Servicios y Comercio Exterior. Cumplido, archívese.