RESOLUCIÓN 1937 2006 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

LATINOCONSULT SA SE APRUEBA LA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS SOLICITADA - LICITACIÓN PÚBLICA N° 1-05 - SERVICIO DE INSPECCIÓN Y CONTROL INTEGRAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA EN LA ZONA 3

Publicación:

30/10/2006

Sanción:

12/10/2006

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


Visto el Decreto N° 720/06, la Resolución N° 767-MHGC/06 y el Expediente N° 49.924/06, y

CONSIDERANDO:

Que, la empresa Lantinoconsult S.A. resultó adjudicataria del servicio de Inspección y Control Integral del Servicio Público de Higiene Urbana en la Zona 3, en el llamado a Licitación Pública N° 1/05 para contratar el Servicio de Inspección y Control Integral del Servicio Público de Higiene Urbana en las Zonas 1 y 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, dicha empresa solicitó la redeterminación provisoria de precios del contrato, invocando el Decreto N° 720/06, que establece tal mecanismo, y la Resolución N° 767-MHGC/06 que lo reglamenta;

Que, a tal efecto, adjuntó en debida forma la documentación estipulada en el artículo 2° de la Resolución N° 767-MHGC/06;

Que, asimismo, se encuentra acreditado que por Expediente N° 2.514/06, tramita el procedimiento ordinario de redeterminación oportunamente iniciado por la requirente;

Que, el Ministerio de Medio Ambiente y la Secretaría Legal y Técnica han tomado la intervención prevista en los artículos 3°, 4° y 5° de la Resolución N° 767-MHGC/06;

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase, de conformidad con lo previsto por el artículo 1° del Decreto N° 720/06 y a partir del mes de noviembre de 2005 inclusive, la solicitud de redeterminación provisoria de precios contractuales interpuesta por la firma Latinoconsult S.A., estableciéndose en un 12,13% del valor contractual.

Artículo 2° - Autorízase a Latinoconsult S.A., a presentar ante la Dirección General de Contaduría General, dependiente de este Ministerio, la facturación correspondiente a la redeterminación provisoria, conforme se aprueba por el artículo 1° de la presente, por el período comprendido entre el mes de noviembre de 2005 y el 31 de julio de 2006.

Artículo 3° - En el caso de los períodos devengados a partir del mes de agosto de 2006, inclusive, los mismos tramitarán conforme a las modalidades determinadas por el pliego y los contratos para la presentación de los certificados de servicios.

Artículo 4° - Regístrese, comuníquese al Ministerio de Medio Ambiente y a la Dirección General de Contaduría General, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad; cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 1937-MHGC-06 integra Res. 1284-SSMA-05 aprueba redeterminación de precios en el marco de la Lic. Pública 1-05