DECRETO 1819 2006
Síntesis:
MODIFICA PARCIALMENTE EL ANEXO III DEL DECRETO N° 350-06 - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y COMUNITARIA - FUNCIÓN CRÍTICA ALTA - MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS
Publicación:
06/11/2006
Sanción:
30/10/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 36.024/06, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° del Decreto N° 350/06, se estableció los grados de criticidad alta, media o básica para las distintas Direcciones Generales del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el mencionado decreto se le asignó la función crítica baja, a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, dependiente del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas,
Que como consecuencia de lo expuesto resulta conveniente modificar parcialmente los términos del Anexo III del precitado decreto, toda vez que la misma lo es con función crítica alta;
Que a tal efecto procede proyectar el acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Modifícase parcialmente el Anexo III, del Decreto N° 350/06, dejándose establecido que el grado de criticidad de la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, dependiente del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, lo es con función crítica alta, de conformidad con los Decretos Nros. 726/01 y 761/01, a partir del 21 de junio de 2006.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.