ORDENANZA 40441 1984
Síntesis:
SE CREA UN CENTRO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD EN EL BARRIO DE BARRACAS
Publicación:
04/02/1985
Sanción:
29/12/1984
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
17/01/1985
El Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
Artículo 1° - Créase un Centro de Atención Primaria de Salud en la Villa 21, ubicada entre las calles Luna, Iriarte y Osvaldo Cruz del Barrio de Barracas, que contará con las siguientes especialidades: Pediatría, Clínica Médica, Prevención y Promoción de la Salud.
Art. 2° - A los fines dispuestos en el artículo 1° se construirán las dependencias necesarias integrándolas al local de la Comisión Municipal de la Vivienda, existente en el lugar especificado.
Art. 3°- Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ordenanza se afectarán a las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 4° - Comuníquese, etc.