DECRETO 1885 2006

Síntesis:

ENCOMIENDA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES A LA SEGUNDA ETAPA DEL PUENTE LA NORIA - EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA

Publicación:

15/11/2006

Sanción:

03/11/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 39.932/99, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado tramita la modificación del intercomunicador de la Av. Gral. Paz y la Av. 27 de Febrero;

Que la empresa Ausol S.A. es concesionaria del Gobierno Nacional, de uno de los accesos a la Ciudad de Buenos Aires que incluye la Av. Gral. Paz entre enlace con las Av. Cantilo - Lugones en el norte y la Pcia. de Buenos Aires en el sur;

Que entre las obras comprometidas en su concesión está el puente vehicular sobre el Riachuelo que nos vincula con la provincia de Buenos Aires (Municipio de Lomas de Zamora);

Que al tomar conocimiento del proyecto las autoridades del Gobierno de la Ciudad solicitaron al ex Órgano de Control de la Red de Accesos a Buenos Aires, la adecuación del proyecto toda vez que este no contemplaba el cruce bajo viaducto de la Av. 27 de Febrero, en esa época en ejecución, ni el enlace de las conexiones entre las diferentes calzadas;

Que en las notas intercambiadas con el ex Órgano de Control de la Red de Accesos a Buenos Aires (OCRABA), hoy Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se comprometió a financiar el mayor costo de estas modificaciones;

Que el valor ajustado al proyecto ejecutivo determinado por el Gobierno asciende a diciembre de 1999, a la suma de $ 5.203.274 (pesos cinco millones doscientos tres mil doscientos setenta y cuatro);

Que la falta de financiamiento de la obra por parte del Gobierno de la Ciudad en el año 2000, obligó a la entonces OCRABA a decidir la ejecución de una primera etapa de las obras que consistió en la ejecución de uno de los dos puentes previstos en el proyecto acordado y el reacondicionamiento del viejo puente metálico que a esa fecha era la única conexión de la Av. Gral. Paz sobre el Riachuelo y se hallaba desbordado por el flujo de vehículos;

Que el Órgano de Control de Concesiones Viales da cuenta de la situación indicada precedentemente e indica que la situación del viejo puente metálico reparado es crítica y está en riesgo la circulación a través del mismo y requiere de este Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al aporte financiero comprometido;

Que teniendo en cuenta lo expuesto en el reclamo del OCCOVI, las Subsecretarías de Infraestructura y Obras, Tránsito y Transporte han analizado el proyecto y manifiestan que para la etapa dos del mencionado puente es justificable el aumento del presupuesto acordado para el proyecto original y que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se ha comprometido a abonar la diferencia;

Que encontrándose finalizada la obra referente a la primera etapa Puente La Noria, cabe aclarar que a precios actuales y teniendo en cuenta los precios unitarios de contrato y su readecuación al momento actual, el monto de la obra en cuestión, que será abonado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, acorde a lo convenido, asciende a la suma de pesos diecinueve millones trescientos cuarenta mil doscientos setenta y uno ($ 19.340.271);

Que se finalizó la etapa de la construcción de la Av. 27 de Febrero en el tramo Pergamino - Av. Sáenz, lo cual hace imprescindible tener concluido el otro puente sobre el Riachuelo para tener habilitado el sector del anillo vial entre Av. Gral. Paz y Av. Sáenz;

Que la obra Puente La Noria - Segunda Etapa es prioritaria para la ciudad por el lugar estratégico en que se encuentra, ya que el tránsito vehicular por allí es muy importante y es necesario encausarlo correctamente con una obra de ingeniería como la diseñada;

Que la empresa Autopistas Urbanas S.A. está capacitada para la ejecución de estas obras debido a la experiencia adquirida en las mismas, por su especificidad es el área con el cual el Gobierno de la Ciudad puede dar respuesta inmediata a la materialización de este cometido;

Que la obra posee afectación presupuestaria en el presente ejercicio;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida intervención en estas actuaciones de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Encomiéndese a la empresa Autopistas Urbanas S.A. la ejecución de las obras correspondientes a la segunda etapa del Puente La Noria conforme al proyecto acordado por los organismos técnicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Órgano de Control de Concesiones Viales de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación.

Artículo 2° - El gasto que demande la presente gestión será imputado a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes.

Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría Escribanía General de la Ciudad, al Órgano de Control de Concesiones Viales de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación y al Ministerio de Hacienda. Fecho, para su notificación y demás efectos pase la Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Dec. 324-08 aprueba convenio de rescisión celebrado con fecha 6-7-07, entre el ex M. de Planeamiento y Obras Públicas y Autopistas Urbanas SA, en relación a la obra aprobada por el Dec. 1885-06 Segunda etapa del puente La Noria,
INTEGRADA POR
Dec. 324-08 Deja constancia que las especificaciones técnicas y pliegos de la contratación en el marco del Dec. 1885-06 que se rescinde, mantienen validez y aplicabilidad