DECRETO 1914 2006

Síntesis:

REPRESENTANTES DEL COMITÉ OLÍMPICO INTERNACIONAL (COI) EN AMÉRICA DEL SUR E INTEGRANTES DE LA ORGANIZACIÓN DEPORTIVA SUDAMERICANA ODESUR: SE LES OTORGA LA DISTINCIÓN DE HUÉSPED DE HONOR DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - VIII JUEGOS DEPORTIVOS SUDAMERICANOS ODESUR

Publicación:

15/11/2006

Sanción:

08/11/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 578, el Expediente N° 77.025/06, y

CONSIDERANDO:

Que del 9 al 19 de noviembre de 2006 se realizarán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los VIII Juegos Deportivos Sudamericanos ODESUR;

Que dicho certamen consiste en la realización de torneos de tenis, básquet, boxeo, hockey, atletismo, esgrima, natación y rugby, entre otras 27 disciplinas, y funciona como ronda preclasificatoria para los Juegos Panamericanos;

Que con motivo del evento, la ciudad se convertirá en anfitriona de una importante cantidad de autoridades relacionadas con la organización olímpica a nivel mundial;

Que los representantes del Comité Olímpico Internacional (COI) en América del Sur visitarán la ciudad a partir del día 7 de noviembre del corriente año, esperándose asimismo la concurrencia de los integrantes de la Organización Deportiva Sudamericana (ODESUR);

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se honra en recibir la visita de tan destacadas personalidades, quienes gozan de reconocimiento y prestigio no sólo a nivel personal sino también por su amplio conocimiento de la filosofía del movimiento olímpico como esencia de la competición de la elite deportiva;

Que por lo tanto resulta pertinente otorgar a todos ellos el título de Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 578,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Otórgase la distinción como Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires a los representantes del Comité Olímpico Internacional (COI) en América del Sur y a los integrantes de la Organización Deportiva Sudamericana ODESUR, con motivo de su visita a esta ciudad a partir del 7 de noviembre del corriente año.

Artículo 2° - El señor Jefe de Gobierno hará entrega, en la ceremonia oficial que se organice a tal efecto, del diploma y la medalla correspondientes a la mención conferida en el artículo precedente.

Artículo 3° - Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Ceremonial y Planeamiento Ejecutivo y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 3° por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dec 1914-06 otorga distinción de Huésped de Honor a representantes delComité Olímpico Internacional, COI y a integrantes de la Organización Deportiva Sudamericana, ODESUR