DISPOSICIÓN 2006 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE MODIFICA LA DISPOSICIÓN N° A 82-DGC-06 - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA VALORIZACIÓN DE PLIEGOS DE CONTRATACIONES Y-O LICITACIONES U OFICIOS JUDICIALES

Publicación:

17/11/2006

Sanción:

09/11/2006

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


Visto, los términos de la Ley N° 70, de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público, en su Título II, artículos 11, 12, 13 y con los atributos conferidos por el Capítulo V -del Sistema de Contabilidad-, el Plan de Percepción y Contralor de la Renta - decreto de fecha 16/9/32 (B.M. N° 9.037), y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de unificar los procedimientos administrativos de todos los Organismos y Dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la valorización de pliegos de contrataciones y/o licitaciones u oficios judiciales, fue publicada la Disposición N° A 82-DGC/06 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2437 de fecha 15/5/06;

Que habiendo sido analizada la información remitida por las Áreas, Dependencias y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, los timbrados que se realizan son recursos que corresponden a rentas generales;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CONTADURÍA

Y EL DIRECTOR GENERAL DE TESORERÍA

DISPONEN:

Artículo 1° - Modifícase el art. 4° de la Disposición N° A 82-DGC/06 por el siguiente: Los cajeros de la Dirección General de Tesorería, sólo podrán timbrar los conceptos indicados en el art. 1° de la Disposición N° A 82-DGC/06, cuando se presente el formulario con todos los datos completos. El formulario reglamentado para dichos fines deberá ser incorporado por cada una de las Áreas, Dependencias o Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al actuado que le diera origen y el ticket timbre emitido por el controlador fiscal será entregado y servirá como constancia de la operación realizada.

Artículo 2° - Modifícase el art. 6° de la Disposición N° A 82-DGC/06 por el siguiente: Todos los timbrados realizados por las controladoras fiscales de la Dirección General de Tesorería para la valorización de Contrataciones y/o Licitaciones u Oficio Judiciales, serán depositados en las cuentas recaudadoras que correspondan. Los recursos recaudados en efectivo en la Cuenta N° 200233/2 denominada G.C.B.A. Cajas de Tesorería y los recursos recaudados con cheque en la Cuenta N° 200330/4 denominada G.C.B.A. Ingresos Cajas de Tesorería Cheques, del Banco Ciudad de Buenos Aires, sucursal Centro (111).

Artículo 3° - La presente entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y puesta en marcha en lo que a su competencia se refiere, remítase a todas las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal de los distintos Ministerios que componen la Estructura Orgánica del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y por su intermedio a todas las Áreas, Dependencias y Reparticiones que de ellas dependen, a la Sindicatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todas las Unidades de Auditoría Interna de cada uno de los Ministerios, a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Rentas, cumplido, archívese en la Dirección Técnica, Legal y de Control de la Dirección General de Contaduría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Disp.S/N-GCABA-DGCG modifica en sus arts.4 y 6 Disp. N° A 82-DGC-06,procedimientos administrativos para la valorización de pliegos y contrataciones, y/ o licitaciones u oficios judiciales .